Disolución de la Sociedad Conyugal

El matrimonio es una institución y la sociedad conyugal es otra completamente independiente, que a pesar de haberse creado por efecto del matrimonio puede disolverse con la sola voluntad de los cónyuges, sin que esto produzca efectos negativos o lesione jurídicamente la unión conyugal o matrimonio.

Otorga a los cónyuges la capacidad de dividir e individualizar su patrimonio adquirido durante el matrimonio.

Requisitos:

  • Petición con firma de abogado y cónyuges.
  • Partida de Matrimonio
  • Original y 2 Copias de cédula y papeleta de votación (A color) de los cónyuges

42 thoughts on “Disolución de la Sociedad Conyugal”

  1. Para tramitar la disolución conyugal con mí esposo. Entiendo que es necesario solo comparecer ante la notaría con la petición firmada con abogada y demás requisitos. Mi pregunta es: si ese mismo rato se realiza la disolución o es necesario esperar la convocatoria del Notaria para acudir a audiencia? Si es así, después de qué tiempo la convoca?

    1. Estimada Verónica
      Todo se realiza el mismo día, primero se hace el reconocimiento de firmas y rubricas de la petición e inmediatamente se realiza la audiencia, luego el Notario elabora el Acta en la que declara disuelta la sociedad conyugal, y le otorga dos copias certificadas para que se marginen en el Registro Civil.
      Saludos

  2. Estimado notario,
    Es el mismo tramite y requisistos para la disolución de una sociedad de bienes de una union de hecho.?

    1. Estimada Jazmín Torres

      Una cosa es la terminación de la unión de hecho u otra la disolución d ela socieda de bienes, en el último caso siguen en unión de hecho, pero se termina la sociedad de bienes, esto debe hacerse por escritura pública.
      Saludos

  3. Dr. Arellano, buenas noches, mi pregunta es, en la liquidación de la sociedad conyugal necesariamente deben entrar todos los bienes, o se puede hacer de forma individual?
    Siguiente pregunta, en la misma liquidación hay un bien que está constituido patrimonio familiar y tiene prohibición de enajenar por obras, ¿este bien es susceptible en esta liquidación o primero se debe levantar el patrimonio y la prohibición de enajenar?
    Agradezco sus respuestas…

    1. Estimada Ximena Villacís
      Le recomiendo levantar el patrimonio familiar para luego proceder con la liquidación de la sociedad conyugal. En la Liquidación debe constar todo el activo y pasivo de la sociedad conyugal.
      Saludos

  4. Gracias por la información una consulta, para el tema de la liquidación de la sociedad conyugal, ¿se incluye también el fondo de cesantía de uno de los cónyuges? Tengo esa duda gracias

    1. Estimada Lourdes
      Primero hay que analizar si él o la cónyuge acumuló ese fondo cuando estaba casado, si es así entra a la sociedad conyugal, y por ende debe ser objeto de la liquidación, caso contrario no, o si es solo una parte, entrará esta parte.
      Saludos

    1. Estimado Luis
      Es suficiente con la presencia de las partes, la comparecencia del abogado no es obligatoria.
      Saludos

  5. Dr. Arellano una consulta, con base en qué artículo se puede señalar un bien en la disolución con prohibición de venta; y, tal vez tiene un modelo. gracias

    1. Estimada Cristina

      No se puede poner prohibición de venta a un inmueble en la liquidación de la sociedad conyugal, y no se puede partir o repartir un bien inmueble que conste con prohibición de venta en la liquidación de la sociedad conyugal, debe levantarse la prohibición para poder realizar la liquidación.

      Saludos

    1. Estimado Luis

      En el caso de que llegue a fallecer la persona que está agonizando, los herederos, es decir los diez hijos.
      Saludos

  6. Buenas noches estimado doctor una consulta si efectúe la disolución de la sociedad conyugal y la inscribí pero deseo volver a tener la sociedad con mi esposo como puedo volver a recuperarla que debo hacer. Cuál es procedimiento legal para reactivar la sociedad conyugal

    1. Estimada Sonia
      La disolución de la sociedad conyugal es irrevocable, la única forma de volver a constituirla es divorciándose y volviéndose a casar, otra opción es adquirir los bienes de forma conjunta, es decir compareciendo los dos cónyuges.

      Saludos

  7. Buenas tardes Dr. Arellano por favor una consulta, en el caso de una disolución conyugal donde existen bienes, se debe realizar primero la liquidación de la sociedad conyugal y después la disolución, o se puede realizar todo en un mismo acto??

    1. Estimado Diego

      Primero se debe liquidar la sociedad conyugal, para luego proceder a la liquidación de la sociedad conyugal, son dos cosas diferentes, disolución (Terminación) y Liquidación (Repartición).

      Saludos

  8. Buenas tardes Dr., una pregunta. De Mutuo acuerdo los esposos quieren disolver la sociedad conyugal para evitar que los bienes futuros ingresen a propiedad de los dos. A la fecha tienen 2 bienes en común adquiridos durante el matrimonio, la pregunta es si disuelta la sociedad conyugal ellos ya pueden liquidar esos bienes para dividirse y que ya correspondan a cada uno pero seguir casados? Ellos en si no quieren divorciarse. Es posible hacer eso? Disolver la sociedad y repartirse de una vez los bienes que tenían en común hasta la fecha y si eso se puede hacer de Mutuo acuerdo en la notaría y si en la misma no van a pedir el requisito de estar divorciados. A la vez su confirmación de que si se hace de la forma expuesta se aseguraría que los bienes futuros ya sean solo de cada uno y que los bienes actuales estén correctamente divididos y pueda disponer cada esposo a total libertad de lo que le toque, es decir pueda vender sin que necesite la firma del otro o invertir sin temer que el otro siga teniendo beneficio, sobre todo porque quieren seguir casados. De antemano muchas gracias.

    1. Estimada Cyntia

      Efectivamente, es viable, lo primero es disolver la sociedad conyugal en la notaría más cercana, marginar en el Registro Civil y luego Liquidar la sociedad conyugal igualmente en la notaría, adjudicando los bienes a los cónyuges conforme se hayan puesto de acuerdo.

      Saludos

    1. Estimada Daniela

      Si la disolución es de mutuo acuerdo ante notario público, es necesaria la presencia de las dos partes, si no existe acuerdo se puede realizar la disolución vía judicial.

      Saludos

      1. Doctor, una pregunta:
        Deseo realizar la disolución conyugal, porque el esposo de mi cliente está perturbando su economía…y realmente no tienen una relación Marital, sino solo fue por un negocio, el matrimonio.
        El problema es que el esposo no se quiere divorciar, entonces me tocaría tramitar ante el juez, (ellos no tienen hijos) y es con oposición de él, entonces no encuentro una causal como tal para fundamento. Que puedo alegar para disolver esta sociedad y obtener una respuesta positiva para mi clienta ? Su ayuda por favor

  9. Estimado buenas tardes, por favor ayúdeme, llevé mis documentos al registro para la marginación de unión de hecho ya ha pasado un mes y ahora me dicen que debo esperar 3 meses, eso tiempo toma para la marginación????

    1. Estimada Lorena

      Lamento mucho que se demoren en la inscripción, por lo general toma un par de días, le recomiendo acercarse al Registro Civil para que le indiquen la causa de la demora.

      Saludos

  10. Estimad Dr., quisiera contraer matrimonio nuevamente, este sería mi segundo matrimonio, tras un primer divorcio.

    Mi consulta es, si en el momento de casarme puedo pedir al Reg. Civil, que desde ese mismo momento ya esté dentro del Reg. de separación total de bienes, es decir lo que quisiera es que desde el mismo matrimonio ya esté disuelta la sociedad conyugal y no hacerlo en un trámite posterior.

    Debido a lo delicado del tema, mi actual pareja no recibiría bien el realizar las capitulaciones antes de ir al Reg. Civil, es por eso mi pregunta Dr.
    De antemano muchas gracias.

    de antemano muchas gracias por su respuestas

    1. Estimado Luis

      No se puede disolver la sociedad conyugal sin antes constituirla, por lo que necesariamente debe hacerse después de contraer matrimonio, o realizar las capitulaciones matrimoniales.

      Saludos

    1. Estimada Penélope

      El costo en la notaría es de aproximadamente 200 dólares, se requiere la petición con firma de abogado, las cédulas y certificados de votación de los cónyuges en originales y copias a color, la partida de matrimonio y la presencia de las partes.
      Saludos

  11. Dr disculpe luego de haber realizado la disolución conyugal en caso de muerte del cónyuge la cónyuge puede recibir un bono de maestro que le corresponde por jubilación pero esto es después de haber realizado la disolución

    1. Estimada Enma

      El beneficio del montepío es al o la cónyuge sobreviviente, sin importar si esta o no disuelta la sociedad conyugal, el derecho es por ser cónyuge sobreviviente.

      Saludos

    2. Estimada Enma

      Si el beneficio es para el o la cónyuge sobreviviente, no existe ningún problema, tiene derecho al bono.
      Saludos

  12. Dr. Luego de hecho la disolución conyugal el se fue de la casa al año de eso se jubiló pero seguimos casados tiene derecho la esposa al bono que le pagarán

    1. Estimada Enma

      La cónyuge sobreviviente tiene derecho a los gananciales de la extinta sociedad conyugal, es decir de todos los bienes y derechos adquiridos dentro del matrimonio hasta antes de la disolución de la sociedad conyugal.

      Saludos

  13. Saludos cordiales por solicitar información y respuesta por favor el problema es este:
    Un conyugue desea disolver la sociedad conyugal de mutuo acuerdo de dos bienes inmuebles que fue adquirido antes de contraer matrimonio puede disolverse esos bienes a sabiendas que eso se adquirió antes del matrimonio ?…para que el conyugue posteriormente pueda hacer uso de manera libre y si en caso se disuelva esos bienes puede tranquilamente como se adquirió esos bienes de soltero puede registrar a solo a su nombre en el registro de la propiedad?
    Agradezco de antemano su respuesta Dr

    1. Estimado Alex

      Los bienes adquiridos antes de contraer matrimonio no ingresan a la sociedad conyugal, tenga o no disuelta la sociedad conyugal.

      Los efectos de disolver la sociedad conyugal son a partir de que se margine al disolución en la partida de matrimonio en el Registro Civil, es decir no tiene efecto retroactivo.

      Saludos

  14. Buenas tardes, luego de terminar la unión de hecho, en cuanto tiempo puedo contraer matrimonio con la misma persona? Y cuanto costaría y que se necesita. Gracias de antemano

    1. Estimada Ariana

      Una vez marginada en el Registro Civil la terminación de la unión de hecho puede contraer matrimonio con los requisitos solicitados por el Registro Civil.

  15. buenas tardes Dr. una consulta mi clienta se divorcio pero no realizo la disolución conyugal ella puede adquirir vienes sin que su ex pareja tenga pueda reclamar o exigir de mala voluntad algún porcentaje

    1. Estimada Liliana

      Por el hecho del divorcio se disuelve la sociedad conyugal, los efectos del divorcio son a partir de la marginación de la sentencia o del acta notarial en el Registro Civil.

      Otra cosa es la liquidación de la extinta sociedad conyugal, que es la repartición de los bienes adquiridos dentro del matrimonio.

      Si usted ya se divorció y marginó el divorcio en el Registro Civil, los bienes y deudas que usted adquiera son de su única y exclusiva propiedad.
      Saludos

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