Familia

Más de 20 procesos civiles, que eran atendidos por los jueces y juezas, se despachan ahora en las notarías desde la vigencia del Código Orgánico General de Procesos, COGEP. El cambio facilita los trámites de los ciudadanos y descongestiona el sistema de justicia.

Ahora el ciudadano puede acudir a su notaría de confianza para inscribir los contratos de arrendamiento, definir linderos, o incluso tramitar el divorcio de mutuo consentimiento cuando no haya hijos menores de edad de por medio, NOTARIA 64 a través de su Notario Titular Paul Arellano y su equipo de trabajo buscan ser esa notaría para Usted.
La Ley Notarial en su Artículo 18 otorga como atribuciones exclusivas en torno al campo familiar, las siguientes:

  • Capitulaciones Matrimoniales
  • Emancipación del Menor Adulto
  • Liquidación de la Sociedad Conyugal
  • Extinción del Patrimonio Familiar
  • Posesión Efectiva
  • Testamentos
  • Unión de Hecho
  • Permisos de Salida del país
  • Divorcio por mutuo consentimiento

3 thoughts on “Familia”

  1. buenas noches señor Notario, le saluda Gina Zita Sanmiguel, primero agradecerle por su asesoramiento en el caso anterior de mi consulta, con ello pude lograr mis objetivos ante una Posesión Efectiva.
    El caso de hoy es consultarle sobre una Promesa de
    Compra Venta notariada en el año 2010, la pregunta es si esa promesa de compra venta se puede inscribir en el registro de la Propiedad respectiva.
    Gracias de ante mano
    Saludos cordiales.

  2. Buenas tardes tengo una consulta, mi tía adquirió un terreno a nombre de mi Abuelito, lastimosamente el falleció hace muchos años y el terreno quedó a nombre de todos sus hijos y nueras en total son 6 con sus respectivas parejas los que constan en las escrituras y mi tía tiene el poder de ese terreno (legalmente) pero uno de mis tíos no quiere firmar para poder levantar el patrimonio familiar, toda la familia sabe que ese terreno es de mi tía, y ella desea darle el 50% del terreno a mi madre, hemos hablado con algunos abogados que nos dicen que sin la firma de mi tío y de su esposa no se puede levantar el patrimonio, quisiera saber si hay algo que podamos hacer? o si mis tíos le ceden sus derechos sobre el terreno a mi madre y ella tiene el 50% del terreno cedido, mi tío podría reclamar ? porque lo que se desea es poder construir en el 50% del terreno. de ante mano muchas gracias

    1. Estimada Lizbeth
      Para levantar el patrimonio familiar en una notaría se requiere que todos los propietarios comparezcan al levantamiento, por otra parte, nadie puede estar obligado a permanecer en copropiedad, por lo que puede cualquiera de los copropietarios demandar la partición del bien vía judicial.
      Le recomiendo contratar los servicios profesionales de un abogado en libre ejercicio para que demande la partición.
      Saludos

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