Liquidación de la Sociedad Conyugal

La Liquidación de la Sociedad Conyugal es aquel acto por el cual dos personas casadas inician básicamente el trámite de dividir por la mitad los bienes comunes que existen en el matrimonio. En caso de que la liquidación proceda como consecuencia de la muerte de uno de los cónyuges, la otra mitad pasará a los herederos del cónyuge fallecido.

Requisitos:

  • Minuta suscrita y firmada por un abogado
  • Partida de matrimonio con la marginación de estar disuelta la sociedad conyugal o el divorcio o la terminación de la unión de hecho.
  • De existir bienes inmuebles se debe adjuntar el certificado de gravámenes (Actualizado) Si están sujetos a régimen de propiedad horizontal también se debe adjuntar el certificado de expensas.
  • De existir bienes muebles la matrícula de los vehículos, Certificado Único Vehicular, títulos de acciones en compañías, certificados de aportación en Compañías limitadas o documentos que justifiquen la titularidad de los bienes muebles.
  • Pago de Impuestos prediales.
  • Copias de cédula y papeleta de votación de los comparecientes
  • Hoja de Transferencia de Dominio y Pago de Impuestos Municipales. (Refundición, en caso de existir)

De existir bienes muebles prendados o bienes inmuebles hipotecados se necesitará el consentimiento del acreedor prendario o hipotecario de ser el caso.

62 thoughts on “Liquidación de la Sociedad Conyugal”

  1. Doctor mi ex cónyuge y yo queremos tramitar la liquidación de la sociedad conyugal de la casa que compramos cuando estábamos casados. El está dispuesto a dejarme toda la casa a mi nombre. Es verdad que debo pagar el impuesto a la herencia sobre la mitad del valor de la casa?

    1. Estimada Isabel A.
      Si se liquida los bienes de la sociedad conyugal, y se le adjudica a uno solo de los ex cónyuges la totalidad de los bienes, lo que se genera es el impuesto a la refundición, que se calcula en base del valor adicional al 50% de los bienes que recibe.
      El impuesto a las herencias, legados y donaciones, se generaría si lo que se hiciera es una donación.
      Saludos

  2. Dr. Yo estoy en el mismo caso de la señora anterior. Mi esposo y yo hicimos disolución conyugal. Y queremos hacer la Liquidación de la Sociedad Conyugal para que toda la casa quede a mi nombre. El está dispuesto a ceder su parte del 50%. Este impuesto de refundición que usted menciona a quién hay que pagar? Al Municipio? O al SRI?

    1. Estimada Virginia Perez
      Este impuesto se declara y paga al Municipio, al Servicio de Rentas Internas no se paga impuesto alguno.
      Saludos

  3. Estimado Doctor, mi consulta es la siguiente:
    Los cónyuges desean realizar disolución de sociedad conyugal, la sociedad está compuesta por dos bienes inmuebles, posterior a la disolución desean realizar renuncia de gananciales. Es procedente renunciar a gananciales solo de uno de los bienes para ceder el 50% de una de las casas al otro cónyuge, o la renuncia de gananciales es por todo el patrimonio?

    Le agradezco de antemano por su atención.

  4. Buen día Dr.
    Me encuentro en un proceso de Divorcio causal, anteriormente hace 3 meses hicimos la capitulación matrimonial para la casa, en donde me cedió el 50% de su parte.

    Tenemos un vehículo y los enceres de la casa, en este caso, como se procede en la liquidación de sociedad conyugal. Como se fija el valor de las cosas y del vehículo y en qué tiempo se hace el trámite.
    La casa ya no entraría en la liquidación de la sociedad?

    1. Estimada Elizabeth Pacheco
      Le recomiendo tratar de hacer tanto el divorcio como la liquidación de la sociedad conyugal de mutuo acuerdo en la notaría más cercana, esto le ahorrará tiempo y dinero.
      Por otra parte le recuerdo que las donaciones por matrimonio pueden ser revocadas, es decir que la donación del 50% de la casa podría ser revocada por su cónyuge.
      Primero debe divorciarse, luego hacer un juicio de inventarios y luego la partición judicial.
      Saludos

  5. Buenos Días Señor Notario:

    Mi ex-esposo y yo al estar casados compramos un departamento avaluado en 120mil. Ahora que estamos divorciados él ha aceptado hacer la liquidación de la sociedad conyugal y darme su 50% para que yo sea la propietaria integral del departamento. Un abogado nos está haciendo la minuta y veo que hay una cláusula de cuantía. Por favor me puede indicar si la cuantía debe ser igual al total de la vivienda, es decir de 120 mil? o solo debería ser por la mitad: 60mil ya que la mitad es lo que mi ex esposo me está dando a mí?

    1. Estimada Cristina Ochoa
      La cuantía es de todos los bienes que forman parte de la extinta sociedad conyugal.
      Los impuestos a la refundición se calculan en base al exceso que reciba uno de los cónyuges, en este caso sería por los 60.000 que usted recibe.
      Saludos

  6. Estimado Dr.

    Mi esposa y yo tenemos disuelta la sociedad conyugal pero no hecha la liquidación y queremos hacerla, al momento la casa está hipotecada con el BIESS, ¿podemos liquidar estando hipotecada y adjudicarla a mi esposa mientras se termina de pagar o debemos esperar a levantar la hipoteca? la idea es que en la liquidación ella se quede con la casa en su totalidad.

    Gracias por su ayuda

    1. Estimado Juan Salvador
      Le recomiendo hacer una carta dirigida al BIESS indicando que desean realizar la liquidación de la sociedad conyugal, en la que el bien inmueble hipotecado se adjudicaría a su esposa, y que solicitan una certificación por escrito de la aprobación o no de la adjudicación.
      Esta certificación le servirá como habilitante para la escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal.
      Saludos

  7. Estimado Doctor,

    Agradecería mucho su ilustración sobre la siguiente caso. Existe una escritura de hipoteca celebrada por una pareja de esposos. Fallece uno de ellos, por lo que sus hijos realizan una posesión efectiva. Ante este evento, los hijos, pueden celebrar una nueva hipoteca conjuntamente con el cónyuge sobreviviente?. Conociendo que la posesión efectiva no es un título de propiedad.

    1. Estimado Cristian

      No se genera alcabala, lo que se genera es el impuesto a la refundición, que debe cancelar quien reciba más de lo que le corresponda en la liquidación de la sociedad conyugal, el impuesto es del 1% del exceso que recibe.
      Saludos

  8. Doctor como esta? una pregunta si quiero liquidar la sociedad conyugal judicialmente debo tener pagado los impuestos prediales del inmueble, y es necesario formar inventario pese a ser un solo bien inmueble? De antemano agradezco su pronta respuesta

    1. Estimada Gladys

      No es necesario, pero para la partición va a tener que estar al día en el pago de impuestos.

      Saludos

  9. Buen día Dr.
    Por favor su guía. Con mi cónyuge estoy casada, pero hicimos hace más de 10 años la disolución de la sociedad conyugal. Hace unos 5 años compré un auto a mi nombre, ahora deseo transferirle el auto a mi esposo, ¿es posible? ¿Cuánto me costaría si debo hacerlo en la notaría? Gracias por su conocimiento.

    1. Estimada Fernanda

      Los contratos entre cónyuges están prohibidos, por lo que no se podría realizar el contrato.
      Saludos

  10. Buen día estimado Dr. , estoy divorciado por mas 35 años, en el matrimonio con mi ex esposa construimos 2 casas , y una vez levantado la hipoteca del Iess , queremos de mutuo acuerdo repartir a cada uno un bien , que tramite debemos realizar , pues nos dicen que debemos realizar una compra venta del 50 % que nos corresponde en cada bien , esto es lo correcto ?

    1. Estimado Jorge

      Lo que deben hacer es la Liquidación de la extinta sociedad conyugal, en la que se parten o reparten los bienes como se hayan puesto de acuerdo, No cabe compraventa por que no existe pago alguno.
      Saludos

  11. Estimado Dr. pregunta:

    En un juicio de inventario de la sociedad ex conyugal, existe una casa hipotecado y un vehículo este último incluso forma parte del tratamiento para trasladar entre ciudades o internos en la ciudad de residencia a una menor e hija de ambos con una enfermedad degenerativa.

    Es legal que este vehículo sea vendido y se desaloje de la casa aún en hipoteca porque así lo está decidiendo el padre de la menor, quien a la vez está como deudor de la hipoteca. Ambos bienes se obtuvieron dentro del matrimonio y es la única hija obtenida en matrimonio.

    1. Estimada Juliana

      En los casos de liquidación de la sociedad conyugal, puede hacerse de dos maneras, la una es voluntaria o de mutuo acuerdo ante Notario Público, y la otra es controvertida ante el Juez de Familia, cuando es en sede notarial se puede liquidar como los ex cónyuges se pongan de acuerdo, vía judicial, el juez es quien reparte los bienes de manera equitativa 50% 50%, respetando el derecho de los hijos, por ejemplo de vivir en la casa hasta que cumplan la mayoría de edad sin importar a quién de los dos padres se adjudique le bien.

      Le recomiendo tratar de llegar a un acuerdo, para esto se puede acudir a un centro de mediación.

      Saludos

  12. Buenas tardes, una consulta, en el caso que el bien se encuentre con hipoteca del IESS, o en caso que hayan deudas para dividir, el valor de la cuantía sería el valor del bien menos la hipoteca menos deudas?

    1. Estimado Eduardo

      Así es efectivamente, la liquidación incluye el activo y pasivo de la extinta sociedad conyugal, previo a la liquidación en el caso de existir un bien hipotecado es necesario que el acreedor hipotecario no se oponga a que el bien sea adjudicado a determinada persona, para esto debe realizarse una solicitud al acreedor hipotecario y la certificación debe agregarse a la liquidación como documento habilitante.
      Saludos

  13. Buenas noches.
    La exesposa de mi hermano presentó demanda de divorcio por causales inventados. Finalmente se divorciaron y hay una casa adquirida durante el matrimonio, donde obviamente mi hermano fue quien puso el dinero para adquirirla y el faltante endeudarse en el banco con esa hipoteca. Mientras estaban casados mi hermano era quien mantenía la casa y pagaba las deudas, hasta que lo botaron de la misma.
    La señora se quedó en la casa con el hijo que tienen en común y ha venido cancelando las cuotas en el banco durante 3 años.
    Actualmente quieren llegar a un acuerdo para liquidar el bien. La deuda está por 70 mil, y para llegar a una liquidación de mutuo acuerdo, la señora pide mayor porcentaje por que su justificación es que ella ha pagado y se ha encargado de la casa durante esos 3 años.
    Como podría asesorarlo?, la ley solo ampara a género femenino y existen mujeres que solo se aprovechan de las buenas personas.

    1. Estimada Elizabeth

      La recomendación es tratar de llegar a un acuerdo, para lo cual pueden acudir a un centro de mediación, caso contrario efectivamente le toca proponer el juicio de inventario y luego la partición de los bienes de la extinta sociedad conyugal.

      Le recuerdo que por el hecho de existir un hijo menor de edad, este tiene derecho de vivir en la casa hasta que cumpla su mayoría de edad.

      Saludos

  14. Una pregunta, puedo realizar el trámite en la notaría, en mi caso ya me divorcié hace tiempo pero nunca hicimos la liquidación de la sociedad conyugal. Pero mi ex esposo ya falleció, tengo que hacerlo en el juzgado y citar a sus herederos para la liquidación?

    1. Estimada Ada

      Para realizara la liquidación de la sociedad conyugal, los comparecientes deben ser mayores de edad y tener la libre administración de sus bienes, si existen herederos menores de edad, o desconozca el paradero de los herederos, o uno de los herederos no esté de acuerdo en realizar la liquidación, debe realizarse vía judicial, primero el inventario solemne y luego la partición.

      Saludos

  15. Dr. buen día, por recomendación para salvaguardar los bienes de mi esposa nos recomendaron la Disolución Sociedad Conyugal, esta se realizó, sin embargo nunca hicimos la Liquidación de bienes o inventario, por lo que entendería que los bienes adquiridos entre la disolución y la No liquidación, siguen perteneciendo a la sociedad conyugal o al menos son susceptibles de ser solicitados por cualquiera de los conyugues en caso de litigio entre ellos o contra crédito y avales de terceros?
    y otra consulta ¿Qué sucede si un matrimonio sin hijos, y con sociedad conyugal disuelta y no liquidada , uno de los cónyuges fallece? sigue siendo heredero legitimo del 50% y podría asignarse mediante testamento 25% de mejora y 25% de libre disposición al otro conyugue? y cambia algo si esta se liquida?
    Muchas gracias por su respuesta

    1. Estimado Eduardo
      Lo primero que debemos tomar en cuenta, es que bienes pertenecen a la extinta sociedad conyugal y no se liquidaron, y que bienes se adquirieron después de la disolución de la sociedad conyugal. Los bienes adquiridos luego de la disolución de la sociedad conyugal pertenecen al cónyuge que los haya adquirido.

      Respecto de la segunda pregunta, de no existir hijos o descendientes, entran a la sucesión el segundo orden, que son los padres y el o la cónyuge sobreviviente, no influye en nada el hecho de tener disuelta o no la sociedad conyugal.

      Saludos

  16. Buenos días. Realice la disolución de sociedad conyugal con mi esposo el año pasado.Seguimos casados, pero no vivimos juntos hace bastante tiempo. Quisiera el me ceda el 50% de gananciales de la única casa que tenemos, así yo sería la única propietaria.Pero el no quiere darme el 50%. ( este bien lo pague solo yo mientras el no vivía conmigo)Es posible hacer liquidación de sociedad conyugal y si el accede, qué ahí mismo se adjudique el 50%de gananciales de el a nuestras dos hijas. Una es mayor de edad y la otra tiene 16 años. O la renuncia de gananciales solo se puede hacer a favor del cónyuge? Los actos a hcer en la notaría serían liquidación, partición y adjudicación ?

  17. Doctor adquirí un auto cuando estaba casado en el 2009, pero me divorcié en el 2018 puedo vender sin firma de la cónyuge o que necesito para poder vender gracias

    1. Estimado Alexi

      Necesariamente debe firmar el contrato de compraventa y el reconocimiento de firmas y rúbricas en la notaría junto con su ex cónyuge.

      Saludos

  18. Doctor.. con mi esposo quedamos de acuerdo en hacer una disolución de bienes sin divorciarnos, nuestra duda es.. si haciendo esto pierdo los derechos al seguro de vida en caso de fallecimiento del cónyuge.

    1. Estimada Laura

      Con la disolución de la sociedad conyugal, se extingue la sociedad de bienes, más no afecta a los derechos, como herencia, seguros, montepío, porción conyugal, entre otros.

      Saludos

  19. Pueden los esposos comprar juntos un bien si tienen disuelta la sociedad conyugal? Si es así, a nombre de quien saldría, de ambos si ya no hay sociedad.

    1. Estimado Rene

      Efectivamente se puede comprar sin problema, la diferencia radica en que si existiera la sociedad conyugal, el bien ingresa a esta sociedad de bienes, mientras que si compran los cónyuges con disolución de la sociedad conyugal, los dos pasan a ser propietarios del inmueble, es como si comprara uste una casa con su madre los dos son dueños, pero no existe sociedad de bienes.

      Saludos

  20. Doctor buen día existe una casa hipotecada dentro del matrimonio mi esposo se ha encargado de pagar la casa que pasa si me divorcio y nunca hago liquidación sociedad conyugal cuando se pague la casa el puede decir que le toca mas en la venta porque luego de divorciado el pago la hipoteca ??

    1. Estimada Kerly

      Luego del divorcio, el siguiente paso es la liquidación de la sociedad conyugal, para esto se debe realizar un inventario de los bienes, en la que se detalla el activo y el pasivo a la fecha de la disolución de la sociedad conyugal, es decir a la fecha en la que se margina el divorcio en la partida de matrimonio en el Registro Civil, por lo que se parte o reparte el patrimonio (activo menos pasivo) a esa fecha.
      Saludos

  21. Buenas tardes mi ex esposo y yo nos divorciamos hace dos años y queremos hacer la liquidación del patrimonio conyugal pero nuestra casa se encuentra hipotecada al biess, ya presentamos los documentos cuanto tiempo se demorar el biess en darnos respuesta

    Ya solo nos falta año de pago de hipoteca

    Saludos

    1. Estimada Angélica

      La respuesta del BIESS suele se rápida, le recomiendo ir a presionar al departamento jurídico por la respuesta.
      Saludos

  22. Buen día Doctor, ya realice el tramite de divorcio, ahora quiero hacer la liquidación de la sociedad conyugal, para ello tengo un departamento que adquirí mientras estuve casado, y este lo quiero vender para darle al mitad a mi ex y yo tomar la otra mitad del dinero de la venta, ella se opone a la venta puede hacerlo que implica eso?, ella lo que desea es que pongamos a nombre de mis tres hijos el departamento eso se puede hacer?, honestamente quiero vender porque no quiero que nadie se quede con ese departamento y yo quiero por lo menos recuperar algo del dinero que pague de la hipoteca ya que ella nunca pago nada yo siempre pague las cuotas, gracias por su ayuda.

    1. Estimado JuanKa

      Si usted y su ex cónyuge están de acuerdo pueden vender, donar a sus hijos, o repartirse como se pongan de acuerdo, pero si no existe acuerdo debe acudir a la vía judicial juicio de inventario y luego partición.

      Saludos

  23. Hola Dr.! Una duda, si yo me caso de entrada con separación de bienes, ósea sin sociedad conyugal con mi pareja, igual yo tendría derecho al Montepío del IESS en caso que mi pareja falleciera? Ósea seguiríamos en matrimonio pero sin la sociedad conyugal.

    1. Estimada Karina

      Así es, el beneficio de Montepío es para el o la cónyuge sobreviviente sin importar si existe o no sociedad conyugal o capitulaciones matrimoniales.

      Saludos

  24. Tengo una hipoteca al Biess con mi ex esposa. Ella desea quedarse con la casa entonces le digo que asuma la totalidad del pago de la hipoteca que son 800$ x mes. Y así ya no me debiten a mi. Su sueldo es 1000$ podrá aceptar el Biess que comprometa tal valor para su capacidad de pago? O que otras opciones tengo

    1. Estimado Andrés

      Le recomiendo hacer la petición al Biess, para que analicen si es procedente o no.

      Saludos

  25. Estimado Doctor Arellano
    Me divorcie hace 7 años, tenemos un casa «A» que esta en la sociedad conyugal, actualmente la casa esta arrendada a terceros. Deseo hacer la liquidacion de la sociedad conyugal. El año pasado compre una casa «B» a mi nombre y en ella esta vviviendo mi ex-esposa. Puedo en la misma minuta de Liquidacion de la sociedad conyugal poner las 2 casas (A y B). Para que mi ex esposa me ceda su parte 50% de la CASA «A» (refundición) y yo «como forma de compensación» le transfiero el dominio de la casa B. Es factible esto en un sola minuta/escritura. ? gracias por su ayuda y respuesta.
    EN Municipio se pagaria por los dos actos 2 Transferencias de Dominio: (Liqui. Soc. Conyugal y transferencia de Dominio)
    En Registro de la propiedad es un solo tramite con dos actos (Liqui. Soc. Conyugal y transferencia de Dominio)
    Es factible esto ??
    Saludos
    Gerardo

    1. Estimado Gerardo

      Una cosa es la Liquidación de la sociedad conyugal y otra es la transferencia de dominio de la propiedad que no está dentro de la sociedad conyugal.

      Como opción podría llegar a un acuerdo en un centro de mediación en el que a Usted se le adjudique la casa en la liquidación de la sociedad conyugal y la transferencia de dominio (Dación en pago) de la casa que no está dentro de la sociedad conyugal a la ex esposa. Esta acta se adjuntaría como habilitantes a las dos escrituras.
      Saludos

      1. Estimado Doctor Arellano
        gracias por su respuesta, ok entonces en la liquidacion de la sociedad conyugal mi ex-conyuge me cede su parte de la casa (A), yo me quedo con el 100%. . Y en la segunda minuta hacemos la transferencia de dominio de la propiedad (B). Mi abogado me ha dicho que esta segunda minuta sea una Compra-Venta con un valor de 50000 USD (el avaluo de «B» es 79000) y con eso no pago utilidad. Y mi exesposa debe pagar Alcabalas y CEM. Yo no estoy recibiendo ningun dinero, pero mi abogado me dice que es mejor asi. Y que ahi no se necesita ir a centro de mediciacion. Esta bien hacer el segundo acto una compra-venta aunque no hay realmente un pago. Yo le habia indicado que sea una «Dacion de Pago» como usted me habia sugerido. Pero creo que no es muy conocido ese tipo de contrato. Favor sus cometarios

  26. Estimado Dr. Arellano
    Mi esposa y yo nos casamos en España en el régimen de separación de bienes, durante nuestro matrimonio adquirimos una casa en Ecuador y años después nos divorciamos en Ecuador donde residíamos en ese momento, ahora quisiéramos vender la casa que teníamos en común. Dado que no existía sociedad conyugal por nuestro régimen de separación de bienes es necesario hacer la liquidación de la sociedad conyugal para hacer la venta o sólo venderla como si fuéramos dos propietarios con el 50% del bien cada uno. En nuestro divorcio se hizo constar nuestra condición de matrimonio en separación de bienes.
    Muchas gracias por su ayuda.

    1. Estimado Juan Carlos

      Efectivamente no se debe liquidar la sociedad conyugal, ya que no existió nunca la sociedad conyugal.

      Saludos

  27. Estimado Dr. Arellano

    Tengo 6 años divorciada, en la liquidación de la sociedad conyugal mi ex esposo cedió los derechos de la casa así como la deuda con el Biess, la liquidación de la sociedad no puedo inscribirla porque la casa continúa hipotecada
    Ahora deseo vender la casa y él para darme la firma quiere que dé la venta le dé $35.000
    Él tiene derecho a algo si ya renunció a sus derechos o eso es una extorsión? Quiere que firmemos un acta transaccional para darme la firma para la venta.
    Qué puedo hacer? Dejar de pagar mensualmente la parte de su deuda con el Biess? O seguir pagando y cuando cancele la totalidad de la deuda inscribir la liquidación y la casa a mi nombre?
    Gracias

    1. Estimada María Eugenia

      Lo que le recomiendo es solicitar al BIESS una certificación de que no se opone a que el bien hipotecado le sea adjudicado a usted en la liquidación de la sociedad conyugal, e inscribir la liquidación en el Registro de la propiedad.

      Saludos

  28. Hola Dr , una consulta , mi esposa recibió una herencia de una empresa hace 10 años, ella me pide hacer la liquidación conyugal y que yo me quede con la casa y los 2 carros pero que yo renuncie a la empresa desde que hemos comprado, hace 10 años que murió mi suegra, y que ella y yo hagamos la liquidación conyugal y que cuando queramos comprar algo juntos lo hagamos, que me recomienda hacer? Le firmo al disolución o me voy a juicio por divorcio como ella me dijo “ me firmas la liquidación o me voy a plantear el divorcio “
    Ojo : la empresa tiene buen ingreso económico, yo trabajo ahí también en nómina hace 15 años
    Ella dice q quiere hacer esto porque se siente insegura

    1. Estimado Vicente

      Lo primero es definir lo que Ustedes (Marido y Mujer) desean realizar, para darles una recomendación, ya que el divorcio, la disolución de la sociedad conyugal y la liquidación de la sociedad conyugal son cosas diferentes.

      Todas las opciones se pueden realizar de mutuo acuerdo en la notaría, si no se desean divorciar otra opción sería las capitulaciones matrimoniales, en la que siguen casados y lo que se establece es que ingresa y que no ingresa a la sociedad conyugal.

      Saludos

      La disolución de la sociedad conyugal

  29. Dr. Buen día.
    Soy divorciado desde 2016, tuvimos una casa dentro del matrimonio, la cual ella ocupa con su nuevo esposo, en 2023 Demande a mi ex esposa ya que al no tener hijos menores de edad (míos) viviendo con ella, con juicio de inventarios de extinta sociedad conyugal. Para acortar el tiempo hice una renuncia de gananciales a su favor en la notaría. Es necesario que yo firmé la transferncia de dominio ?…o algo más?…PD. Yo tengo hijos menores de mi actual matrimonio aún. Gracias . Atte. Pablo.

    1. Estimado Pablo

      Si ya renunció a los gananciales del bien inmueble por escritura pública, su ex cónyuge pasa a ser propietaria de todo el inmueble.

      Saludos

  30. Hola Dr.
    Mi ex pareja y yo adquirimos una casa, pero ya nos divorciamos ahora quiere ceder mi parte ya que el se haga cargo de los pagos.
    Es posible hacer ahora una renuncia ganancial o debo esperar que termine de pagar la hipoteca

    1. Estimada Mayra

      Si ya están divorciados no cabe la renuncia de gananciales, le recomiendo realizar la liquidación de la sociedad conyugal en la que su ex esposo se quede con el bien y con la deuda.
      Saludos

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