Modelo Contrato Arrendamiento

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (Bajo la Ley de Inquilinato)

En la ciudad de……. a los … días del mes  de —— de  dos mil ………., convienen en celebrar el presente Contrato de Arrendamiento, por una parte, en calidad de Arrendador el señor ……………; y, por otra parte en calidad de Arrendatario el señor …………………….. Los comparecientes son de nacionalidad ecuatoriana, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de ………………….., hábiles y capaces para contratar y obligarse, y suscriben el presente contrato al tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El señor …………… declara ser dueño de(la casa, local o departamento ) ubicado en la calle ……. número ……….. de esta ciudad de …………………, Cantón …………., Provincia de ……….., cuyas características son las siguientes:  …………………….

SEGUNDA: El señor ……………. en calidad de Arrendador da y entrega en arrendamiento al señor………………… el inmueble señalado en la cláusula anterior.

TERCERA: El Arrendatario señor………………….. declara por el presente instrumento que  recibe el …………….. materia del presente contrato a  su entera y completa satisfacción y que lo dedicará exclusivamente para ……………………

CUARTA:  El canon que libre, voluntariamente y de mutuo acuerdo fijan la partes por el arrendamiento del inmueble materia del presente contrato es la cantidad de ………………………. DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, canon que será cubierto por parte del arrendatario durante los primeros cinco días del mes por adelantado, siendo el único comprobante de pago el recibo emitido por el Arrendador o la notificación de transferencia bancaria que se acreditará en la cuenta ……… N° ……….. del Banco …………, cuyo titular de la cuenta es el arrendador señor ……………..

QUINTA: El arrendatario declara que el arrendador le ha entregado y que éste ha recibido en perfecto estado funcionamiento todas las instalaciones eléctricas, sanitarias, cerrajería, llaves y línea telefónica número —————- (y otras) y se obliga a entregarle en el mismo estado que los recibe y a pagar su valor en caso de pérdida o destrucción de los mismos, salvo el deterioro producido por el uso y goce normal del inmueble.

SEXTA: Los servicios de agua potable, gas, energía  eléctrica, cable, teléfono ( otros) y el pago de la alícuota mensual de mantenimiento del inmueble serán cubiertos por el arrendatario y entregará al Arrendador mensualmente las respectivas planillas con la razón de haber sido canceladas oportunamente.

SEPTIMA:  El plazo de duración del presente contrato es de (mínimo dos años de conformidad a lo señalado en el artículo 28 de la Ley de Inquilinato) años, tiempo que comenzará a regir desde la suscripción del presente contrato, pudiendo ser renovado por acuerdo entre las partes en las mismas condiciones o pudiendo variar el canon de arrendamiento. La notificación de terminación del presente contrato se hará por lo menos con noventa días de anticipación a la fecha de expiración, caso contrario se entenderá automáticamente renovado.

OCTAVA: El arrendatario queda expresamente prohibido de subarrendar  el inmueble arrendado o traspasar los derechos sin previa autorización del Arrendador. Tampoco podrá dar otro uso que el acordado al inmueble de conformidad con lo determinado en

NOVENA: El Arrendatario  entrega la cantidad de …………….. DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA , en calidad de garantía por el buen uso y mantenimiento del inmueble arrendado, valor que será devuelto contra entrega del inmueble en las mismas condiciones que recibió, con la entrega de las planillas de servicios y condominio debidamente canceladas, en ningún caso este valor se acreditará como pensiones de arriendo y de este valor se puede descontar el valor que cubra los daños ocasionados en el inmueble.

DÉCIMA: Las causas de terminación del presente contrato son las determinadas en el artículo 30 de la Ley de Inquilinato.

Las partes renuncian fuero y domicilio y se someten a los jueces competentes en esta materia de la ciudad de …………………… y al  procedimiento SUMARIO, de conformidad con lo que establece el artículo 42 de la Ley de Inquilinato o al procedimiento MONITORIO, de conformidad a lo que establece el artículo 256  numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos, de acuerdo al caso.

Para constancia firman por triplicado en el lugar y fecha señalados.

EL ARRENDADOR                                                                                  EL ARRENDATARIO.

C.C.                                                                                                     C.C. 

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (Bajo el Código de Comercio)

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL

En la ciudad de ______________, Provincia de ______________, con fecha _______ de ________ del año ___________, comparecen por una parte la señora ___________, de nacionalidad ___________, de estado civil _________, con domicilio en la ciudad de _____________, que en adelante y para efectos de este contrato se le denominará LA ARRENDADORA; y, por otra parte el señor ______________, de nacionalidad ___________, de estado civil _________, con domicilio en la ciudad de _____________, quien tiene el negocio bajo la Razón Social ________________ con RUC No. ____________________, que en adelante y para efectos de este contrato se le denominará EL ARRENDATARIO, en tal virtud, libre y voluntariamente convienen en celebrar el presente contrato de Arrendamiento, el mismo que se estipula en las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- ANTECEDENTES.- La señora ___________________, es propietaria del inmueble, ubicado en ____________ No. ________ y _______________, de esta ciudad de ___________, provincia de _________; el señor _______________________, se dedica a ________________, bajo la Razón Social de _________________.
SEGUNDA.- ARRENDAMIENTO.- Con los antecedentes expuestos, LA ARRENDADORA, arrienda AL ARRENDATARIO, un local comercial de ______________ metros cuadrados aproximadamente, para que realice la actividad de ______________________________.
TERCERA.- CANON.- El canon de arrendamiento mensual pactado libre y voluntariamente entre las partes es de _________________DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USD $000,oo) más IVA mensuales.
En el valor del canon de arrendamiento no está incluido el valor por el pago de los servicios básicos de luz, agua y teléfono, estos valores serán cubiertos por EL ARRENDATARIO, y está obligado a presentar las planillas de pago al día a la terminación del presente contrato.
CUARTA.- GARANTÍA.- EL ARRENDATARIO entrega en concepto de garantía la suma de USD.______.oo (______________ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA), valor que garantiza el buen mantenimiento del local arrendado, y el cumplimiento del pago de los servicios básicos; aclarando que en ningún caso este valor será compensado con el canon de arrendamiento, y que dicho valor será devuelto a la terminación de este contrato.
QUINTA.- DESTINO.- El bien inmueble materia del presente contrato será utilizado por EL ARRENDATARIO únicamente para actividades de ________________, y declara que el local arrendado no será utilizarlo para vivienda.
SEXTA.- PLAZO.- El plazo de duración del presente contrato es de __________ años, contados a partir de la fecha del presente contrato, plazo que será renovable si así consideran las partes contratantes, pero mediante la celebración de un nuevo contrato de arrendamiento. Pudiendo las partes dar por terminado este contrato por lo menos con noventa días de anticipación, de igual forma EL ARRENDATARIO comunicará con treinta días de anticipación, si desea o no renovar el contrato; si ninguna de las partes ha notificado se entenderá renovado el contrato.
SÉPTIMA.- SEGURIDAD Y EMERGENCIAS.- EL ARRENDATARIO declara conocer y sujetarse al Reglamento de Seguridad de la empresa, al Plan de Emergencias y Contingencias, al Plan de Manejo Ambiental y a las normas de seguridad establecidas por los órganos de control; el incumplimiento o violación de cualquiera de los reglamentos, planes y normas antes descritas, será causal suficiente para la terminación inmediata del presente contrato.
OCTAVA.- MANEJO DE DESECHOS Y RESIDUOS DE PRODUCTOS.- Es obligación del ARRENDATARIO, el manejo responsable de los residuos y desechos de la actividad que realiza; EL ARRENDATARIO deslinda de toda responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de la inobservancia de esta obligación a LA ARRENDADORA, quedando facultada a dar por terminado el presente contrato de forma inmediata.
NOVENA.- DISPOSICIONES ESPECIALES.- EL ARRENDATARIO se obliga a entregar el inmueble al final de este contrato en las mismas condiciones que lo recibió y en el plazo estipulado, corriendo de su cuenta y riesgo cualquier daño que existiere, a no ser de aquellas que se produzcan con el uso normal del bien inmueble arrendado; todas las mejoras que se realicen en el local comercial arrendado quedará en beneficio de LA ARRENDADORA, sin que esta tenga obligación alguna de reconocer tales mejoras realizadas en el bien al ARRENDATARIO.
DÉCIMA.- SUBARRENDAMIENTO O CESION.- EL ARRENDATARIO no podrá subarrendar, ceder ni traspasar el presente contrato de arrendamiento ni parcial o total sin el consentimiento expreso de LA ARRENDADORA.
DÉCIMA PRIMERA.- SOMETIMIENTO Y CONTROVERSIAS.- Las partes se someten y declaran incorporadas todas las disposiciones referentes al arrendamiento establecidas en el Código de Comercio. Las partes contratantes convienen que en caso de surgir divergencias entre ellas, por razón o con ocasión de este contrato, serán resueltas mediante procedimientos de arreglo directo de diferendos. Si las negociaciones directas no son suficientes, las partes contratantes de mutuo acuerdo pueden dar curso a la mediación, para tal efecto las partes dispondrán de diez días hábiles contados a partir de la fecha en que cualquiera de ellas requiera a la otra en tal sentido, término que podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo. Evacuada la etapa de arreglo directo, toda controversia o diferencia derivada de este contrato será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Arbitraje y Mediación de ______________, conforme lo elija la parte requirente. En el evento que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes contratantes someten sus controversias a la resolución de un Tribunal de Arbitraje de ___________, conforme lo elija la parte actora, que se sujetará a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación, el Reglamento del respectivo Centro de Arbitraje y Mediación y las siguientes normas: Los árbitros serán seleccionados conforme a lo establecido en la Ley de Arbitraje y Mediación. a) Las partes renuncian a la jurisdicción ordinaria, se obligan a acatar el laudo que expida el Tribunal Arbitral y se comprometen a no interponer ningún tipo de recurso en contra del laudo arbitral. b) El Tribunal Arbitral queda facultado para ordenar y ejecutar medidas cautelares, así como para solicitar el auxilio de los funcionarios públicos judiciales, policiales y administrativos sin que sea necesario recurrir a juez ordinario alguno. c) El tribunal arbitral estará integrado por un árbitro. d) El procedimiento arbitral será confidencial. e) El lugar del arbitraje será en las instalaciones del Centro de Arbitraje y Mediación escogido por la parte actora. f) Los árbitros decidirán en derecho.
Para constancia de todo lo estipulado en este contrato, las partes firman por triplicado, el ______ de __________ del año ___________.

SRA.____________________                                                                                             SR.________________________
C.C. C.C.
ARRENDADORA                                                                                                           ARRENDATARIO
DIRECCION: DIRECCION:
TELEF:                                                                                                                           TELEF:
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46 thoughts on “Modelo Contrato Arrendamiento”

    1. Estimada Katty
      El costo de la inscripción es de acuerdo a la tabla fijada mediante Resolución número 216 – 2017 del Consejo de la Judicatura, que es en base al costo del canon de arrendamiento, si el canon es igual o menor al sueldo básico la tasa es del 10 % del valor del canon más IVA, si el valor es más alto la tasa varía de acuerdo a la tabla.
      Por ejemplo si el canon es de USD 300 el costo será de USD 30 más IVA.
      Saludos

  1. Dr. Buenas noches, tengo una consulta el contrato de arrendamiento se hace por un año o por dos años. Y después del periodo fijado se vuelve haber otro contrato y se vuelve a inscribir. Gracias por su ayuda.

    1. Estimado Francisco Santamaría
      La ley de Inquilinato establece expresamente que el tiempo mínimo de duración de un contrato de arrendamiento para vivienda es de mínimo dos años, por lo que le recomiendo hacerlo por este tiempo, adicional a esto, una vez cumplido el plazo, le recomiendo hacer una renovación del contrato de arrendamiento, y no es necesario inscribirlo.
      Saludos

  2. Doctor un contrato de arrendamiento con opción a compra, ¿qué tiene de especial respecto del contrato de arrendamiento normal?

    1. Estimado Fernando Suasnavas
      Lo que tiene es una cláusula especial en el contrato de primera opción de compra, que se aplica en el caso de que el dueño del inmueble desee venderlo la primera opción de compra la tendrá el inquilino.
      Saludos

  3. CUARTA.- TIEMPO: El tiempo de validez del presente contrato es de DOS AÑOS, tiempo que empieza a transcurrir desde la firma de este contrato, pudiendo las partes renovar el contrato, pero si no fuere su voluntad renovar el contrato notificará a la otra parte con un PLAZO DE TRES MESES ANTES DE TERMINAR EL CONTRATO, si no se lo hiciere se sobre entiende que el contrato se renueva por dos años más, además el canon arrendatario estipulado es por el primer año, a partir del segundo año el canon de arriendo se reajustará y serán pagados en las mismas condiciones ya estipuladas EN EL 10%.

    1) POR FAVOR AYÚDEME INDICANDO EN QUE NORMA , LEY Y ART. MANIFIESTA EL REAJUSTE DEL 10%
    2) Y EL CONTRATO SERIA DE UN O DOS AÑOS
    3) AYÚDEME CORRIGIENDO ESTA CLAUSULA POR FAVOR.

    1. Estimada Ximena Aranda
      Respecto del incremento del canon de arrendamiento debe tomar en cuenta lo siguiente:
      Art. 18.- [Prohibición de incremento automático].- Prohíbese pactar el incremento automático de pensiones locativas de inmuebles destinados a vivienda durante la vigencia mínima del contrato de arrendamiento a que se refiere el inciso primero del artículo 28, siempre y cuando el canon de arrendamiento mensual no exceda de dos salarios mínimos vitales. Toda estipulación que contravenga esta prohibición se tendrá por no escrita.
      El tiempo mínimo de duración del contrato, si es destinado para vivienda, vivienda y taller, o vivienda y comercio, debe ser de mínimo de 2 años.
      Saludos

      1. Buen día, digamos que si arriendo un inmueble por $100, puede el contrato definir que al tiempo de un año haya un reajuste de 50? (Pasado el año pagará $150). Este es un pedido del arrendatario por motivos personales y por la amistad que se tiene pues estoy pensando en aceptarlo, pero quiero plasmarlo en un contrato.

        1. Estimado Tomás
          Le recomiendo hacer el contrato por escrito, por otra parte si el local arrendado no esta destinado a vivienda se puede establecer libremente el incremento, más si está destinado a vivienda habría que revisar si el canon de arrendamiento no supera el Diez por ciento del avalúo comercial de la propiedad dividido para doce.
          Saludos

  4. Doctor Disculpe una pregunta cómo se redactaría la cláusula primera referido a los antecedentes si el arrendador no es propietario del bien inmueble destinado para vivienda Más bien es del hijo de la del propietario qué va arrendar el bien inmueble estaría bien redactado dentro de la primera cláusula el señor es hijo de la propietaria del bien ubicado en tal dirección y otra pregunta doctor Qué requisitos debería llevar a su notaría para inscribir elcontrato?

  5. DR. si fuera tan amable tengo un año de arrendar mi casa, pero me deben más de seis meses, no tengo contrato de arriendo y tampoco se quieren retirar de mi domicilio, corro algún riesgo de perder mi casa?

    1. Estimado Mario
      Le recomiendo contratar un abogado a fin de demandar la terminación del contrato de arriendo por falta de pago, adjuntando una declaración ante notario público sobre la inexistencia de contrato escrito de acuerdo al Artículo 47 de la Ley de Inquilinato.
      Saludos

  6. Doctor DESEANDOLE LOS MEJORES EXITOS, una pregunta si tengo el contrato únicamente inscrito en la Notaria, pero no lo registro en las oficinas del municipio, ¿PUEDO DEMANDAR POR VIA JUDICIAL EL INCUMPLIMIENTO DE ESE CONTRATO O PARA PODER DEMANDAR A MAS DE LA INSCRIPCION NECESITO EL REGISTRO EN LA OFICINA DEL ARRIENDOS DEL MUNICIPIO?

    1. Estimado Octavio
      Efectivamente de acuerdo al artículo 47 de la Ley de Inquilinato, debe adjuntar a la demanda el contrato debidamente inscrito en la notaría y en la oficina de arriendos del municipio.
      Saludos

  7. Estimado Dr.
    Mi padre falleció hace un año y el inquilino no quiere pagar ni hacer contrato ya que fue verbal con mi padre hace 13 años el aduce que por el tiempo es el dueño, yo soy de Píllaro el terreno que usa para vivienda y negocio está en Calderón /pichincha que me sugiere Dr. gracias

  8. Doctor buenas noches, sería posible que me ayude con un modelo de renovación de un contrato de arrendamiento de un departamento, por favor, de antemano quedo muy agradecido.

    1. Estimado Johnatan

      El formato es el mismo del contrato, lo que cambia es que se debe aumentar en el encabezado «Renovación», y en clausula objeto del contrato «Renovación de contrato de arrendamiento».
      Saludos

  9. Saludos. En una sociedad conyugal que poseen un bien inmueble (predio); un cónyuge es vulnerable (adulto mayor) y posee ingresos propios reducidos, el otro cónyuge es ama de casa no vulnerable y no posee ingresos propios; la exención tributaria municipal es el 100% para el predio en común o únicamente la exención es para la persona vulnerable o sea el 50% del predio. De acuerdo al Art. 14 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores.
    Por su valiosa ayuda, mis agradecimientos.

    1. Estimado Edison

      El artículo 14 de la Ley Orgánica de las personas Adultas Mayores que establece: “…Toda persona que ha cumplido 65 años de edad y con ingresos mensuales estimados en un máximo de 5 remuneraciones básicas unificadas o que tuviere un patrimonio que no exceda de 500 remuneraciones básicas unificadas, estará exonerada del pago de impuestos fiscales y municipales” y, “…Si la renta o patrimonio excede de las cantidades determinadas en el inciso primero, los impuestos se pagarán únicamente por la diferencia o excedente…”

      Si el bien es de exclusiva propiedad de la persona de la tercera edad cabe la exención, en este caso el bien es de la sociedad conyugal, por lo que para aplicara a la exención todos los propietarios del bien es decir los dos cónyuges deberían ser de la tercera edad y cumplir con los requisitos señalados.

      Saludos

  10. Buenos dias, por favor su ayuda. Si firmé un contrato de arrendamiento por 1 año, pero la arrendadora indica que no inscribió el contrato. Entonces cuando ya cumpla el año me puedo ir sin hacer ningún trámite? O después del año y de yo irme, la arrendadora puede tal vez inscribir el contrato y meterme en algún problema?

    1. Estimada Katherine

      Le recomiendo dar a conocer al Arrendador que no desea renovar el contrato y que devolverá el inmueble en la fecha de terminación del contrato de arriendo, y firmar un acta de entrega recepción.

      En caso de haber algún conflicto, le recomiendo acudir a un centro de mediación.

      Saludos

  11. Estimada Dalina

    Le recomiendo inscribir el contrato en la notaría más cercana, y luego registrarlo en la oficina de arriendos del municipio del cantón donde se encuentra el inmueble.

    Saludos

  12. En el caso de que se haga el desahucio por la vía notarial y le den 90 días para salir del inmueble, y si ellos no quieren salir que procede doctor allí.

    1. Estimada Dolores

      Si no desocupa el inmueble el inquilino debe acudir ante el Juez de la unidad Judicial Civil, y demandar vía sumaria la terminación del contrato de arrendamiento adjuntando como prueba el Desahucio realizado con Notario Público.

      Saludos

  13. Buenas noches estimado Dr. Paúl Arellano, reciba un cordial saludo.
    Hay algún articulo que exponga que el Arrendatario no puede estar mas de 10 años y así evitar cualquier problema con el propietario de la casa.
    Agradezco de antemano su respuesta.

    1. Estimado José

      No existe disposición alguna que indique que el inquilino no puede permanecer más de diez años, y no tiene ningún problema, ni el inquilino ni el dueño de casa si existe contrato de arrendamiento escrito debidamente registrado, pueden pasar los años que sean 15, 20, 30, sin problema.

      Saludos

  14. Buenas noches estimado Dr. Paúl Arellano, reciba un cordial saludo.
    yo alquilo mi terraza a una entidad de servicio de internet y no se como realizar un contrato de esa magnitud lo que más me preocupa es una clausula que diga que ellos se hacen responsables por daños y perjuicios a terceros en caso la antena llegase a colapsar por alguna calamidad.

    1. Estimado Ronald

      Le recomiendo contratar un abogado para que le ayude a revisar el contrato e incluir cláusulas que le protejan de posibles accidentes o daños que puedan producirse por al instalación de las antenas, no solo por accidentes si no también por la radiación u otros efectos a las personas ya los vecinos.
      Saludos

  15. Buenas noches
    como puedo redactar indicando es una renovación del contrato y que se celebro en X notaria? tiene algún modelo por favor

    1. Estimada Alison

      Le recomiendo hacer en el mismo formato del contrato de arrendamiento, indicando en el título que se trata de una RENOVACIÓN DE CONBTRATO DE ARRENDAMIENTO, en antecedentes del contrato debe hacerse referencia al contrato que se renueva, se debe indicar que se modifica el plazo y de ser el caso el nuevo canon de arrendamiento mensual y deben firma nuevamente las partes.

      Saludos

  16. hola! por favor su ayuda, ha pasado una año y no firmó el inquilino el contrato, hoy empezamos el segundo año y vamos a firmar el contrato de arrendamiento, al ser el segundo año y siguiendo los lineamientos del articulo 28 de la ley de inquilinato, que debería ser por dos años, es posible que se firme el contrato con la fecha en que empezaron, o que me recomienda, muchas gracias

    1. Estimada Susana

      Le recomiendo: 1. firmar el contrato de arrendamiento con la fecha en la que inició el arriendo,2. emitir facturas mensuales por los pagos del arrendamiento mensual.

      Saludos

  17. BUENAS NOCHES SI CABE EL ARRIENDO QUE EN VEZ DE CUBRIR EL CANON ESTE CUIDE LA PROPIEDAD, ES VIABLE O ES OBLIGATORIO COLOCAR UN CANON MENSUAL, O SERIA YA OTRO TIPO DE CONTRATO

    1. Estimado Cesar

      Para que se configure el contrato de arrendamiento, el inquilino debe pagar arriendo, si no existe pago no hay relación contractual de arriendo, si la persona o personas viven y cuidan la propiedad podría configurarse una relación laboral pero no de inquilinato.

      Saludos

  18. Buenos días Doctor, gracias por la valiosa información que comparte. Tengo una duda, es obligatorio emitir factura por arriendo de casa? Mi mamá, de la tercera edad, por primera vez va a alquilar su casa, y queremos hacer todo apegado a la ley y protegerla de cualquier problema futuro. Me queda esa duda y no encuentro información al respecto.

    Muchas gracias de antemano

    1. Estimada Sandra

      Así es efectivamente debe emitir facturas, si el arrendamiento de la casa es para uso de vivienda o vivienda y comercio no genera IVA.

      Saludos

  19. Estimado Dr. firme un contrato hace un año el 23 de febrero del 2023 ( por 1 año) con un extranjero dominano.. ( este alquiler lo hiso un corredor de bienes raíces que me vendió el dep. Que ahora no responde)..y al pedir información en la administración me dice que el departamento esta ocupado por una abogada (que dice que trabaja en la defensoría publica y no va a salir ) y su hijo pero no por mi inquilino… luego me comunico con el inquilino por que no habían pagado 3 meses de arrendamiento y hasta el día de hoy persisten los atrasos y no quieren salir … que debería hacer para que paguen y desocupen
    Yo vivo en Guayaquil y el departamento queda en Quito
    Puede recome darme algún abogado en Quito

    1. Estimado Carlos

      Lamento mucho lo ocurrido, efectivamente debe contratar un Abogado, por ética no le puedo recomendar, pero trate de buscar o solicitar información de los abogados en Quito especialistas en materia de inquilinato, por ejemplo al Colegio de Abogados de Pichincha.
      Saludos

  20. Saludos Doctor, vivo en Guayaquil y mi mamá arrendó un departamento, justo hoy 12 de marzo 2024 realizaron el uso del departamento pero mi duda es si se debe cobrar la mensualidad todos los 12 de cada mes o independientemente de la fecha se debe cobrar dentro de los 5 primeros días de cada mes, cabe indicar que se esta cobrando de entrada 1 mes de garantía y el mes por vivir ósea del 12 de marzo al 12 de abril 2024. Muchas gracias por su atención.

    1. Estimada Nataly

      Se puede hacer sin problema como indica en el texto, o a su vez pagar el proporcional de los días del mes de marzo y desde el mes de abril pagar dentro de los 5 primeros días, haciendo constar textualmente en el contrato.
      Saludos.

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