Reconocimiento de Firmas

Reconocimiento de firmas

El notario se encarga de dar fe de la comparecencia personal de las personas y los interesados declaran que las firmas constantes en un documento, son propias.

Requisitos:   

  • Documento en el que se desea reconocer las firmas.
  • Copia del documento para archivo de la Notaría.
  • Copias de documentos de identidad y certificados de votación de los firmantes.

        No se aceptan documentos Pos-fechados – Pueden ser documentos con fecha anterior o a la fecha

*Comparecencia de las personas que desean reconocer la firma.

75 thoughts on “Reconocimiento de Firmas”

    1. Estimado MAURICIO ALDAS
      Efectivamente deben comparecer personalmente, con sus documentos originales de identidad.
      Saludos

        1. Estimada Jazmín

          Sin la presencia de los contratantes es imposible realizar el reconocimiento de firmas y rubricas del contrato del vehículo, debe localizarlos para poder perfeccionar el traspaso de dominio.

          Saludos

    1. Estimada Nelly Diaz
      Para inscribir un contrato en la notaria no es necesaria la comparecencia de las dos partes, es suficiente con que comparezca el arrendador, y de no ser posible, puede comparecer cualquier persona con una carta simple de autorización del arrendador, recuerde que la obligación de la inscripción la tiene el arrendador.
      Saludos

    2. Si, es necesario que acudan ambas partes para dejar constancia de que los hacen voluntariamente, y el notario da fe de ello, procediendo a legalizar el contrato de arrendamiento, que es el reconocimiento de firmas.

    1. Estimado Anderson Jr
      El costo es del 3% del salario básico unificado más Iva, por firma, de conformidad a la Resolución 216-2017 del Consejo de la Judicatura (aproximadamente 15 dólares).
      Saludos

  1. Para notaríar una carta de responsabilidad técnica de un ingeniero hacía un predio. Solo debe ir la persona profesional o ambos (el propietario)

    1. Estimada Angeleste
      Lo que le recomiendo hacer es el reconocimiento de firmas y rubricas de la carta de responsabilidad técnica por parte del profesional únicamente.
      Saludos

    1. Estimada Vane

      No se necesita minuta, lo que debe traer es el documento original firmado por duplicado y la presencia de la o las personas que van a reconocer sus firmas con las cédulas y certificados de votación en originales y copias a color.
      Saludos

  2. Buenas tardes, si x persona realiza un contrato de cesión de derechos posesorios, aun cuando esta persona no es dueña, porque la propiedad está a nombre de mi hermano, y tiene escrituras y todo, se puede anular dicha cesión de derechos— en la misma notaria o en dónde.

    1. Estimada Kary Rordiguez
      Los derechos posesorios son personales y no se ceden, se transmiten por causa de muerte.
      Le recomiendo dejar sin efecto de la misma manera que se lo hizo y en la misma notaría.
      Saludos

  3. Si en el reconocimiento de firmas la persona ya no quiere firmar porque uno de las partes no le ha cancelado en valor de la venta, el contrato se puede anular?

    1. Estimada Martha Lima
      Si el contrato está firmado, pagado el precio y entregado el vehículo no se puede anular el contrato, salvo que exista acuerdo entre las partes.
      Le recomiendo dialogar a fin de llegar a un acuerdo y pueda raelzar el reconocimiento de firma del contrato en la notaría.
      Saludos

  4. Que puedo hacer si por descuido no hice la legalización y ya pasaron 5 años y ya no encuentro a los vendedores del vehículo pero tengo el contrato en blanco y las firmas,

    1. Estimado Giovanny
      La primera recomendación es tratar de ubicar a los propietarios a fin de que se acerquen a la notaría y realizar el reconocimiento de firmas y rubricas del contrato.
      De no ser posible, la otra opción es demandar la prescripción ordinaria del vehículo a fin de que el Juez ordene en sentencia la propiedad del vehículo y pueda proceder a matricularlo a su nombre.
      Saludos

  5. En el caso de venta de un vehículo debe ir el vendedor y la esposa o solo es necesario la cédula y papeleta de votación de los dos vendedores

    1. Estimado Pablo
      Los vendedores y compradores deben comparecer personalmente a la notaría con sus documentos de identidad a reconocer sus firmas y rubricas del contrato de compraventa del vehículo.
      Saludos

  6. Buenas tardes abogado, si una persona hace reconocimiento de firma en una notaría pero no se percata que la firma no está conforme a su cédula de identidad, por ejemplo soy Cinthia Cadena P. y en el reconocimiento de firma lo hago como Cinthia Cadena solamente, qué procede en este caso?, debería regresar a la notaria para que se realice la rectificación?

    1. Estimada Miriam Gusque
      Si es un error en el texto del acta o en el documento debe realizarse uno nuevo.
      Si existe una diferencia entre la firma del compareciente y la de su cédula de identidad o ciudadanía, no hay problema (Nadie firma igual dos veces).
      Saludos

  7. Buenas, si es muy gentil, me gustaría saber cómo debe ser el formato del documento de reconocimiento de firmas, van algunos días que no me aceptan porque no está correcto, pero no me dicen en que, talvez posee algún ejemplo que me sepa brindar, estaría muy agradecida.

    1. Estimada Wendy
      La diligencia de reconocimiento de firmas y rubricas, consiste en que la persona o personas que firman un documento, acuden personalmente ante el notario y declaran bajo juramento que las firmas que constan en el documento son las suyas y las que utilizan en todos sus actos públicos como privados, y firman el acta de la diligencia por duplicado.
      El acta se genera automáticamente del sistema informático notarial.
      Respecto al documento firmado, este debe tener una fecha anterior o la misma fecha de la diligencia de reconocimiento, pero no una fecha posterior, debe estar bien redactado, con nombres completos y firmados de preferencia con tinta azul.
      Saludos

    1. Estimado Mario
      Si el reconocimiento de firmas lo realizó ante notario público, es el Notario quien da fe pública que la persona reconoció su firma y rubrica en su presencia.
      No existen firmas iguales, si hay dos firmas iguales, necesariamente una será falsa.
      Saludos

    1. Estimado Danilo
      Así es efectivamente, le recomiendo que la construcción sea conforme la aprobación del municipio correspondiente y con un profesional de la construcción.
      Saludos

  8. Buenas tardes si el documento está firmado electrónicamente, ¿también sería necesario realizar el reconocimiento de firmas en caso de un trámite municipal como lo solicitan? Muy amable por la respuesta

    1. Estimado José
      El o los documentos pueden ser físicos con firma autógrafa, o electrónicos con firma electrónica, si dentro de los requisitos establecidos por el municipio para el trámite está que el documento debe estar realizado el reconocimiento de firmas y rubrica ante notario público debe hacerlo sea cual fuere la firma utilizada en el documento.
      Saludos

  9. Buenas tardes. Mantengo un crédito en la Mutualista Pichincha, estoy consciente que estoy atrasado con unas letras de pago. A hora el banco me manda hacer un reconocimiento de firma. En la cual estoy de acuerdo. Pero el banco me cobra 70 dólares cuando en la notaria está más económico ese trámite…. Es legal lo que hace el banco

    1. Estimado Marcos
      Efectivamente el costo en la notaria es más barato si las partes acuden de manera personal a la notaría, si no comparecen el valor se incrementa por la prestación del servicio notarial fuera del despacho, por lo que le recomiendo conversar con la mutualista a fin de que comparezcan las partes a la notaría.
      Saludos

  10. Cuando uno hace un contrato anticrético de una propiedad es necesario solo hacer un reconocimiento de firmas o que se debería hacer para que tenga más efectividad el contrato anticrético

    1. Estimada Tatiana
      El contrato anticrético, no debe hacerse reconocimiento de firmas, ni elevarlo a escritura pública, sin embargo, si los contratantes desean pueden hacerlo, para darle seguridad jurídica.
      Al elevar el contrato a escritura pública se convierte en título ejecutivo.
      Saludos

  11. Buenas tardes, estoy realizando unos documentos para legalización y apostilla y su posterior presentación en el extranjero. Se tratan de dos certificados de salud: uno emitido por un médico y otro por una psicóloga. Dentro de los requisitos que se solicitan es que las firmas de los profesionales sean certificadas ante un notario. Mi pregunta es ¿Debo primero certificar el documento en el Ministerio de Salud Pública antes de proceder al reconocimiento de Firmas?

    1. Estimado Andrés
      Efectivamente, si el certificado es para hacerlo valer judicialmente, debe estar previamente validado por el ministerio de salud, en cualquier centro de salud, y luego hacer el reconocimiento de firmas y rubricas en la notaria, y por último la apostilla.
      Saludos

  12. Estimado Abogado,
    Hace unos días se me realizó un pago de una deuda a mi favor y se quedó en mutuo acuerdo el restante, con un escrito firmado y necesitamos hacer el reconocimiento de firmas, sin embargo, entre esos mismos días se me perdieron mis documentos personales, pero por todos los procesos que estado realizando dispongo de copias a color de los mismos
    ¿Para el reconocimiento puedo realizarlo únicamente con las copias o es obligatorio presentar los documentos originales?

    1. Estimada Alexa
      Parea cualquier trámite en la notaría es necesario contar con sus documentos de identificación en originales.
      Le recomiendo hacer la denuncia y solicitar unos nuevos.
      Saludos

  13. Distinguido abogado
    Disculpe, mi duda,
    El reconocimiento de firmas, después de cinco años tiene validez para cobrar una deuda?? De hecho ya se dió por reconocidas el año pasado y la deuda el Juez lo declaró en mora, pero ahora el deudor presentó un memorial de excepción de prescripción porque ya pasaron más de cinco años. Por favor 🙏

    1. Estimada Roxana
      La prescripción la debe declarar el Juez a petición de parte, siempre que se cumplan los requisitos para la misma, la prescripción depende de la obligación (letra de cambio, pagaré, recibo), le recomiendo consulte con su abogado a fin de establecer si cumple o no con los requisitos para la prescripción.

      Saludos

  14. Tengo un contrato firmado por un deudor y su copia de cédula y papeleta de votación. Hace ya 4 meses no quiere pagar / cumplir el contrato pactado. ¿Cómo puedo exigir su presencia en la notaría?

    1. Estimada Melissa
      Si el contrato no tiene reconocimiento de firmas en una notaría, puede demandar su cumplimiento vía trámite ordinario, no se puede obligar a la persona que firmo el documento a comparecer a la notaría a reconocer su firma y rúbrica, pero el juez dentro del juicio si puede ordenar que el deudor reconozca su firma y rubrica.
      Saludos

  15. Pregunta, compre en vida a mi papá un terreno mediante un contrato de compraventa entre particulares, mi papá falleció y nunca escriture. Mi hermana es albacea del intestado y fue testigo y firmo como testigo de la compraventa. ¿Se puede hacer un reconocimiento de firma ante ustedes?

    1. Estimado Isaac
      El Código Civil ecuatoriano, expresamente establece que la transferencia de dominio de un bien inmueble para que tenga validez debe realizarse por escritura pública, por lo que de existir u documento privado no podría realizarse reconocimiento de firmas.
      Le recomiendo hablar con todos los herederos, a fin de establecer la posibilidad de que le adjudiquen ese bien de mutuo acuerdo.
      Saludos

  16. Si deseo retirar un vehículo de los patios, pero no está a mi nombre y la persona que fue multada y por lo cual el carro retenido es otra que debo hacer

    1. Estimada Karina
      El vehículo se entregará a quien justifique documentadamente ser el dueño del vehículo, si usted no es la dueña no podrá retirarlo, otra salida sería que el dueño le otorgue un poder especial notariado para retirar el vehículo.
      Saludos

    1. Estimado Eddy

      Se puede reconocer firma y rubrica de cualquier documento que no sea contrario a la Ley o el ordenamiento jurídico, por ejemplo no se podrá reconocer un documento que contiene o hace referencia la cometimiento de un delito, como por ejemplo una amenaza de muerte.
      Saludos

  17. Hola, si realizo un documento donde consta las 2 firmas, pero (por por exceso de confianza) solo hubo un reconocimiento posterior de firma de solo una de las partes al ya verse afectada por estafa.¿Este documento es válido para incluirlo en dicha demanda?
    Gracias.

    1. Estimado Magno
      Efectivamente, el documento original firmado, con o sin reconocimiento de firmas ante notario público constituye prueba y puede ser presentado en juicio.

      Saludos

    1. Estimado Juan Manuel

      No se podría establecer duración, ya que el reconocimiento de firmas del documento va atado al contenido del documento que se reconoce firmas, es decir si se reconoce la firma de una carta de autorización de fecha 15 de abril del 2022, la fecha del documento es la que prevalece, más no la fecha del reconocimiento.

      Saludos

  18. señor Notario, mil disculpas y si me permite formular dos inquietudes: 1.- requiero saber si hay alguna obligatoriedad para que las partes esten presentes en la legalización de los contratos de compraventa de vehículos, mas aun si una de las partes es casada, o queda a discreción del notario la comparecencia de las partes. 2.- cuando en dicha legalización en la matricula consta la palabra GRAVAMEN, aun así el notario puede legalizar el contrato de compraventa^? agradezco sobremanera su respuesta.

    1. Estimada Sheila

      Si el vehículo fue adquirido dentro del matrimonio, cuando estaban casados, debe comparecer necesariamente a la venta los dos cónyuges a la notaría.

      Respecto de la palabra GRAVAMEN en la matrícula, esto no es obstáculo si ya fue levantado el gravamen, esto se puede justificar con el certificado único vehicular que se solicita en la página web de la Agencia Nacional de Tránsito, donde conste levantado el gravamen.

      Saludos

  19. Saludos:
    Qué consecuencias legales se darían de una acta de reconocimiento de firmas, en la cual, la persona que comparece a suscribir en representación de una cooperativa como procurador judicial no consta como procurador en el documento de procuración que se adjunta al reconocimiento? Gracias.

    1. Estimado Kleber

      Debería ratificarse la intervención de la persona que compareció al contrato por parte del representante legal de la Cooperativa, con una ratificatoria de la venta o con un nuevo poder en el que conste textualmente que se ratifica la venta.

      Saludos

  20. Por saber razón en mi ciudad existe un abogado que los días de feria de compra venta de carros, los vendedores van donde él, le entregan los contratos de compraventa para que como intermediario realice el trámite de reconocimiento de firma y rubrica ante notario.
    Ahora mi sorpresa es que este abogado ha sabido llevar a una notaria X de la ciudad de Quito y sin necesidad de que estén presentes las partes para el respectivo reconocimiento, el notario emite el documento como que todo el proceso de reconocimiento de firmas se lo hizo con normalidad.

    Y el abogado tramitador se hace entregar 100 dólares.

    A donde denunciar esta particularidad, que mas bien viene a ser acto de corrupción por parte del Notario porque estaría incumpliendo lo establecido en la Ley Notarial

  21. Existe algún reglamento o resolución donde las notaria se excusen de hacer reconocimiento de firmas de actas transaccionales de accidentes de transito con muertes, o personas heridas,

    1. Estimada Verónica

      No se puede hacer por disposición expresa en el Código Orgánico Integral Penal Art. 663.- Conciliación.- La conciliación podrá presentarse hasta antes de la conclusión de la etapa de instrucción fiscal en los siguientes casos:

      1. Delitos sancionados con pena máxima privativa de libertad de hasta cinco años.
      2. Delitos de tránsito que no tengan resultado de muerte, ni de lesiones graves que causen incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano.
      3. Delitos contra la propiedad cuyo monto no exceda de treinta salarios básicos unificados del trabajador en general.
      Se excluye de este procedimiento las infracciones contra la eficiente administración pública o que afecten a los intereses del Estado, delitos contra la inviolabilidad de la vida, integridad y libertad personal con resultado de muerte, delitos contra la integridad sexual y reproductiva y delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.

  22. Como puedo hacer un reconocimiento de firma para dar el dominio de mi vehículo, no quiero hacer el traspaso por que me encuentro lejos del familiar que quiero dar el dominio.

    1. Estimado Don Julio

      Puede realizar el reconocimiento de firmas del contrato de compraventa del vehículo en una notaría del cantón en donde se encuentra el vendedor y el comprador en la notaría de otro cantón sin problema.
      Saludos

  23. Dr. una pregunta, para contratar el servicio de luz me piden una declaración juramentada, por que no tengo escrituras ya que la propiedad es de mi Madre, pero mi madre en la parte donde construí mi casa, me regalo. Me recomendaron hacer una declaración juramentada o un reconocimiento de firmas, donde mi madre manifieste que en ‘pleno uso de sus facultades mentales, me autorizo usar esa propiedad donde ella firma, o ese documento tenemos que firmar las dos?
    ¿Puedo hacer un reconocimiento de firmas o una declaración juramentada?

    1. Estimada Patricia

      Para solicitar el medidor de luz, le sirve la declaración juramentada.
      Por otra parte, el hecho de que su madre le haya donado una parte del bien inmueble de palabra, no tiene valor alguno si no se realiza la donación por escritura pública.

      Le recomiendo hacer las cosas como en derecho proceden para evitar futuros problemas.
      Saludos

  24. Buenas tardes abogado,
    Mi pregunta es si la declaración juramentada de unos hechos de mi cliente, y que posterior a esto ella va enviar estos documentos notarizados al exterior, ¿es necesario hacer un reconocimiento de firmas de este documento para que haga prueba en un juicio? Y si el reconocimiento de firmas de una declaración juramentada debe hacerse con minuta firmada por abogado ? Gracias

    1. Estimada Paulina

      En el Ecuador la declaración juramentadas e la realiza por escritura pública, y para que tenga validez en el exterior debe ser debidamente apostillada o legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

      Por otra parte, si en el país extranjero se requiere solo de reconocimiento de firmas, se lo puede hacer indicando que no se requiere de la solemnidad de la escritura pública y que será presentada en el país extranjero.

      Saludos

    1. Estimado Artemius

      Por lo general en el reconocimiento de firmas y rubricas de contrato de compraventa de bienes muebles paga el comprador, en caso de reconocimiento de firmas de documentos en general paga quien lo solicita.

      Saludos

  25. Buenas tardes quisiera hacerle una consulta, se puede realizar un reconocimiento de firmas de una autorización de cambios Arquitectónicos de un bien inmueble en propiedad horizontal, sin la presencia de los firmantes.

    1. Estimado Eduardo

      Necesariamente todos los copropietarios deben autorizar y reconocer sus firmas en la autorización de manera personal en la notaría.
      Saludos

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