Reconocimiento Unión de Hecho

La unión de dos personas (de diferente o del mismo sexo), libres de vínculo matrimonial constituyen la unión de hecho. Nuestra Ley reconoce la unión de hecho como la figura jurídica que fue creada con la intención de proteger a las familias constituidas sin haber celebrado el matrimonio.

Una vez solemnizada surte los mismos efectos que un matrimonio.

Requisitos:

  • Petición suscrita y firmada por un abogado que también deberá contar con la firma de los peticionarios.
  • Cédula y Certificado de Votación (Original y Copias) de los peticionarios
  • Ser de estado civil: Soltero/a – Divorciado/a – Viudo/a.

Si alguno es extranjero, se requiere pasaporte, debe estar legalmente en el país, contar con una visa reconocida en el Ecuador, además debe justificar su estado civil documentalmente , estos documentos deberan ser debidamente legalizados en el Ministerios de Relaciones Exteriores o apostillados.

19 thoughts on “Reconocimiento Unión de Hecho”

  1. Dr una consulta si la persona que quiere realizar la unión de echo y uno tiene un hijo en otro compromiso se necesita algún documento?

  2. Doctor yo estoy en unión de hecho con mi pareja debidamente registrada en el Registro Civil. Ahora ya queremos casarnos. ¿Podemos casarnos? o antes debemos disolver la unión de hecho?

    1. Estimada María Chasipanta
      Al ser la unión de hecho un estado civil, debe primero dar por terminada la unión de hecho en la notaría más cercana, para luego poder contraer matrimonio.
      Saludos

  3. Hace 5 años que estoy en unión de hecho. Sin embargo, ya quiero terminar esta relación y deseo casarme con otro persona,
    ¿Puedo casarme con la otra persona, sin disolver la unión libre?

    1. Estimado Paul Naranjo
      Al ser la unión de hecho un estado civil, debe terminarse la misma, para lo cual de mutuo acuerdo lo puede realizar en la notaría más cercana, para que pueda contraer matrimonio.
      Saludos

  4. Estimado Dr.

    Vivo con mi pareja por 5 años y tenemos un hijo, no hay matrimonio ni unión de hecho reconocida en notaria. Hay varios bienes que se han comprado a mi nombre, hoy deseo dar por terminada la relación (no hay mutuo acuerdo) pero no quiero dejar de reconocer el aporte de la otra persona, como se procedería para dejar ciertos bienes a su nombre si no hay sociedad que liquidar? Corro el riesgo de que una vez que ella se quede con bienes, luego pueda intentar demandar el reconocimiento de la unión de hecho o se puede firmar una declaración juramenta quizá o algún documento notarial sobre está asignación de bienes?

    1. Estimado Carlos

      La recomendación es hacer lo que en derecho corresponde, es decir, reconocer la unión de hecho, sea vía voluntaria en notaría, o vía judicial, luego realizar la terminación de la unión de hecho, voluntaria en notaría o vía judicial, y luego la partición de los bienes de la extinta sociedad de bienes, igualmente si es voluntaria vía notaría o contenciosa vía judicial.

      Saludos

  5. Muy buena información. sin embargo deseo conocer cuál es el costo de para la unión de hecho?, y cuanto se demora en obtener el documento?.

    Y cuando la pareja necesite hacer la disolución de la unión de hecho para casarse, cual es el costo?

    1. Estimada Pamela

      El costo en la notaría es de aproximadamente 45 dólares, toma 30 minutos, para disolver de mutuo acuerdo la unión de hecho en la notaría es igual que el divorcio, el costo es de aproximadamente 190 dólares.

      Saludos

  6. Buenas tardes yo notarice una unión de hecho en el año 2008 ya no vivo con esa persona quisiera saber si eso sigue vigente o ya caducó

    1. Estimada Alexandra

      En el Ecuador la unión de hecho se considera un estado civil, y surte los mismos efectos que el matrimonio, por lo que para poder dar por terminada la unión de hecho se lo puede hacer de manera voluntaria de mutuo acuerdo en la notaría más cercana, o vía judicial en caso de controversia.

      Saludos

  7. Hola llevo 6 años con mi esposo el tiene una unión de hecho con su antigua pareja ellos llevan 10 años separados. La unión de hecho esta solamente notariada y no la registraron en el registro civil el aparece como soltero aun así nos podemos casar?

    1. Estimada Leydy

      Le recomiendo revisar el documento que tiene realizado su pareja en la notaría, si es una declaración juramentada de convivencia puede contraer matrimonio sin problema, si lo que hizo en la notaría es la solemnización de la unión de hecho, lo que de hacer es inscribir en el Registro Civil, y luego terminar la unión de hecho de mutuo acuerdo en una notaría o de no existir acuerdo vía judicial, para que luego pueda contraer matrimonio.

      Saludos

  8. Hola en el 2018 hice una unión libre en la notaría esos papeles los entrego mi esposo a la empresa para recibir beneficios pero nunca lo registramos en el registro civil y ahora lo quiero registrar como hago para obtener esos papeles y registrarlo me ayudas con esa información por favor

    1. Estimada Katherine

      Para inscribir la Unión de Hecho en el Registro Civil, debe llevarse una copia certificada de le escritura pública de solemnización de la unión de hecho.

      So no realizó la solemnización, deben los convivientes acudir a la notaría mas cercana para realizar la solemización y luego la inscripción en el Registro Civil.
      Saludos

  9. Buena tarde para realizar una unión de hecho tenemos 18 años juntos que requisitos necesito y debemos acercarnos llevando a la notaria algún documento, evidencia o testigos, me puede por favor explicar el proceso, mil gracias tenemos una hija de 16 años

    1. Estimada Daniela

      En Ecuador ya no es necesario probar la existencia de la unión de hecho, es suficiente con la petición firmada por los convivientes y la de su abogado y las cedulas y certificados de votación en originales y copias a color, y la presencia de las partes.

      Le recuerdo que los convivientes deben ser de estado civil solteros, viudos o divorciados, es decir libres de vínculo matrimonial.

      Saludos

  10. Buenos días! El reconocimiento de unión de hecho y terminación de la misma ¿deben hacerse en procedimientos o trámites separados?

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