Solemnizar Partición de Bienes Hereditarios

Requisitos:

  • Petición suscrita y firmada por un abogado y los peticionarios.
  • Partida de defunción del causante
  • Documentos que acrediten la propiedad de los bienes (única y exclusivamente cuando haya bienes muebles ya que en el caso de inmuebles esta diligencia debe realizarse mediante escritura pública)

 

74 thoughts on “Solemnizar Partición de Bienes Hereditarios”

    1. Estimado doctor mi madre dejo un lote y somos 5 hermanos, 4 hicieron la posesión efectiva y la partición dejándome sin derecho a herencia que puedo hacer.

      1. Estimado David

        Lo que le recomiendo hacer, es proponer la acción de petición de herencia en contra de sus hermanos, para que le den la parte que a usted le corresponde.

        Saludos

      2. La mayoría de herederos (8 de 9) realizaron partición amistosa y toman posesión de la parte proporcional equitativa de tierras que les corresponden dejan la parte de quién no quiso aceptar, quien ejerce demanda de partición. Que se puede esperar de esto, los otros herederos le pueden comprar?.

        1. Estimado Luis

          Lo correcto es la partición, que puede ser voluntaria ante notario público, o vía judicial.

          La partición amistosa debe ser entre todos los herederos, si no están todos de acuerdo no se puede hacer vía extrajudicial.

          Saludos

  1. Nuestros padres fallecieron dejando una casa que está avaluada en $95 mil dólares. En total somos 3 hijos, y los 3 estamos de acuerdo en vender la casa y repartirnos en partes iguales la ganancia. Al momento solo hemos hecho la posesión efectiva y nada más.

    1. Podemos vender la propiedad, solamente con las posesiones efectivas?
    2. Es mejor que hagamos una solemnización de partición de bienes hereditarios, tal como dice en su página web? De ser así cuanto nos costaría este trámite y que nomás debemos llevar de requisitos para tramitarlo?

    1. Estimado David Burneo
      Para vender la propiedad no es necesario haber realizado previamente la partición.
      La partición , no es otra cosa que la división o repartición voluntaria o judicial de los bienes dejados por el difunto, pero si todos los herederos están de acuerdo en vender un determinado bien lo pueden hacer sin problema.
      Saludos

      1. Doctor que podemos hacer si pagamos los predios del solar donde vivía mi hermano y la ex mujer, ellos se separaron y ahora ella pelea esas tierras que son de mis padres que podemos hacer respóndame

        1. Estimada Lorena

          Le recomiendo revisar la documentación de los solares, para verificar a nombre de quien se encuentran y la fecha de adquisición, para verificar si pertenecen o no a la sociedad de bienes de su hermano y su ex mujer, o solamente le pertenecen a su hermano o a sus padres.

          Saludos

  2. Nuestros padres dejaron cuatro departamentos y somos 5 hijos. En vida ellos ya le donaron un departamento a nuestra hermana menor y los otros tres departamentos los queremos repartir entre 3 hermanos, ya que le primero vive en el extranjero y no desea nada. Podemos, si todos estamos de acuerdo poner cada departamento a nombre de cada uno? Cómo lo podemos hacer? Y qué requisitos necesitamos? Y el costo también por favor.

    1. Estimado Abel Centeno
      Si están todos de acuerdo, se puede realizar la partición y adjudicación voluntaria en la notaría más cercana, sin problema.
      Respecto de su hermano que reside en el exterior deberá enviar un poder especial para que una persona de su confianza le represente en la partición. El poder debe estar apostillado u otorgado ante el cónsul o embajador del Ecuador en el País donde resida.
      Si no están de acuerdo, deberán acudir ante el Juez.
      Saludos

  3. Doctor mis padres dejaron en herencia dos propiedades (una casa y un terreno). Somos 5 hermanos y estamos de acuerdo en que la casa quede con la última hermana y el terreno con la penúltima hermana. Los otros 3 no requerimos quedarnos con nada, pues ya tenemos en donde vivir. El avalúo de las dos propiedades es de $140mil en total. Por favor nos puede indicar que nomás debemos llevar a su notaría para este trámite? y cuál es el costo?

    1. Estimada Isabel Suasnavas
      Lo que les recomiendo hacer es la partición voluntaria de la herencia en la notaría más cercana, para esto necesita la minuta con firma de abogado, el pago de impuestos en el Municipio donde se encuentren los inmuebles, certificados de gravámenes, pago del impuesto a la herencia de cada heredero, pago del impuesto predial del año en curso.
      El costo en la notaría de conformidad a la resolución 216-2017 del Consejo de la Judicatura equivale a 1.35 salarios básicos unificados del trabajador más IVA, aproximadamente 650 dólares.
      Saludos

      1. Doctor mucha por su ágil respuesta. Me dijeron que tal vez en este trámite, sea necesario hacer una publicación en prensa. Es eso correcto, o no sería necesario si todos mis hermanos firman la escritura?

  4. Doctor agradezco muchísimo que se tome el tiempo de responder todas las inquietudes de aquellos que somos los màs desprotegidos. Gracias por su pronta respuesta que me envió ayer. Yo fui quien pregunté por la partición voluntaria de la herencia de nuestros padres. Adicionalmente quería yo saber si para este trámite también se requiere hacer una publicación en prensa? o no es necesario?

  5. Señor Notario, mi caso es muy similar a uno de los ya expuestos. Nuestros padres murieron y dejaron una casa, yo estoy dispuesto a que la casa se le adjudique totalmente a mi hermano menor, puesto que yo sí tengo donde vivir. Según veo podemos en la misma notaría hacer el trámite de partición voluntaria. Sin embargo la casa está constituida como patrimonio familiar. Podemos igualmente hacer la partición extrajudicial o ya no es factible?

    1. Estimado Isaac Vásconez
      Previo a la partición y adjudicación voluntaria, debe levantarse el patrimonio familiar.
      El levantamiento lo pueden realizar en la notaría mas cercana.
      Saludos

  6. Buenas tardes doctor
    Mis hermanos y yo hemos decidido que las propiedades de nuestros padres queden a nombre de todos los hermanos ya hemos realizado la posesión efectiva.
    Mi pregunta es que tramite tendríamos que realizar para que se adjudique las dos propiedades.
    Gracias por su apoyo.

    1. Estimada María Castro
      La recomendación es hacer la partición y adjudicación voluntaria ante notario público, no olvide realizar la declaración del impuesto a la herencia, y de acudir donde su abogado a fin de que le redacte la minuta.
      Saludos

  7. Estimado Dr.
    Qué diferencia hay entre la partición de bienes hereditarios y la partición extrajudicial y adjudicación de bienes?
    Es necesaria en todos los casos la autorización del municipio para proceder con la partición?
    Deben adjuntarse los pagos de los impuestos a la herencia?
    Muchas gracias por ayuda Dr.

    1. Estimada DALYS
      La partición de bienes hereditarios puede ser, vía judicial, si los herederos no están de acuerdo, o vía extrajudicial en una notaría si todos están de acuerdo, en todos los casos, en los que se vaya a dividir o fraccionar un bien inmueble se necesita la autorización previa del GAD Municipal de la subdivisión o fraccionamiento de ser el caso.
      En todos los casos es necesario la declaración del impuesto a la herencia, formulario 108 y su anexo.
      Saludos

  8. Saludos Cordiales.
    Juan murió dejando un solo inmueble y solo heredero menor de edad, su madre tramitó la posesión efectiva a favor del menor, lo cual fue inscrito en el Registro de la Propiedad. ¿Qué tramite notarial o judicial se debe hacer para adjudicar dicho bien al menor de edad? Tomando en cuenta que normalmente cuando existen más herederos se hace la partición ya sea judicial o extrajudicial.
    El causante era soltero.

    Muchas gracias por la guía.

    1. Estimado SENKER DALTON ARÉVALO VAZQUEZ
      Cuando existen menores de edad es importante realizar el inventario solemne ante Juez, y luego proceder a la adjudicación vía judicial citando por la prensa a los herederos presuntos y desconocidos.
      Saludos

  9. Deseamos hacer la partición y adjudicación de dos terrenos que dejó el causante. Existe cónyuge superviviente y 8 hijos, la idea que un terreno sea adjudicado a una de las hijas y el otro sea adjudicado a 4 hijos, esto por común acuerdo entre todos. Consultando en una notaría nos señalaron que hay que realizar primero una ACTA DE SOLEMNIZACIÓN DE BIENES HEREDITARIOS que con esto se rompe el estado de indivisión de la herencia y luego de ello hacer una escritura de PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN, es decir dos documentos notariales que de su lectura me parecen cumplir la misma finalidad. ¿Es necesario hacer esta acta de solemnización y por separado la escritura de partición y adjudicación o es posible realizarlo en un solo acto? Gracias por su gentil guía

    1. Estimada Andrea Fierro
      Efectivamente debe realizarse la solemnización de la partición de bienes hereditarios, y se puede realizar en el mismo acto con la partición y adjudicación voluntaria..
      Art. 18 Numeral 37 de la Ley Notarial.- Solemnizar la partición de bienes hereditarios mediante la declaración de las partes, lo que se legalizará con la correspondiente petición, reconocimiento de la firma de los solicitantes y los documentos que acrediten la propiedad del causante sobre los bienes.
      Saludos

  10. Doctor, felicitaciones por su excelente servicio y atención. Una consulta, ¿es necesario hacer la partición o basta con la posesión efectiva y pago del impuesto si ni la viuda ni los hijos presentan discrepancias? Si, una vez realizada la posesión efectiva, los hijos quieren pasar todos los bienes a su madrea (la viuda), ¿Qué deben hacer?

    1. Estimado Pedro C
      Muchas gracias por sus felicitaciones, es necesario y recomendable hacer la posesión efectiva y la declaración del impuesto a la herencia en el formulario 108 y su anexo, a fin de evitar multas, posteriormente les recomiendo hacer la partición y adjudicación voluntaria en la notaría, una opción podría ser adjudicar a su madre el usufructo de por vida de el o los bienes y a los hijos la nuda propiedad.
      Saludos

  11. Dr buenas tardes, Santiago M l e saluda, por favor se puede hacer la partición extrajudicial de un inmueble que hay construcciones de los herederos, y en la escritura adjudicarse derechos y acciones sin el fraccionamiento municipal? Gracias.

    1. Mis padres fallecieron y somos 4 los hijos que tenemos inscrita la posesión efectiva en el registrador de la propiedad de un terreno. Uno de mis hermanos esta renuente a hacer que todo se maneje lo legal en forma voluntario ¿Con que juicio debemos de empezar los tres hermanos para solucionar este caso?

      1. Estimado Salvador Delgado
        Lo primero es tratar de llegar a un acuerdo, para lo cual puede invitar a todos sus hermanos a un centro de mediación, de no llegar a un acuerdo, puede iniciar el juicio de inventarios, y posteriormente el de partición judicial.
        Saludos

  12. Buenas tardes Doctor una consulta deseamos hacer la partición y adjudicación entre herederos de dos propiedades y dos vehículos en las cuales los dos hermanos nos adjudicamos la casa y los vehículos, nuestra madrastra se adjudicará el departamento. Como sería el procedimiento por favor

    1. Estimada Tatiana
      Le recomiendo contratar un abogado a fin de que redacte la minuta y recabe la documentación para hacer la partición y adjudicación voluntaria en la notaría más cercana.
      Saludos

  13. Estimado Doctor, tenga la bondad, soy hijo único, mi madre falleció y quedamos mi padrastro y yo. Mi madre dejó una casa que la compró de soltera por tanto soy heredero único del bien. ¿Debo hacer la partición y adjudicación del bien en la notaría para que pasé a mi nombre?, o que otro trámite debería hacer como heredero único? Gracias por su ayuda

    1. Estimado Edison
      Le recomiendo hacer la posesión efectiva, y la declaración y pago del impuesto a la herencia en el SRI, luego inscribir la posesión efectiva en el Registro de la Propiedad del cantón donde se encuentre el o los inmuebles.
      La partición y adjudicación debe realizarse de todos los bienes muebles e inmuebles dejados por su madre, por lo que si estuvo casada debe tener bienes o menaje de casa, dinero, joyas, entre otros, que deben partirse.
      Saludos

  14. Somos 5 hijos. -Casados-, mi madre está viva y, con mi padre +, quien falleció hace más de 15 años hicieron: una casa de tres plantas que tiene patrimonio familiar por el ministerio de la ley y dos lotes de terreno sin gravamen alguno; Un heredero -descendiente- falleció dejando hijos menores de edad todos -entre 12 y 17 años-. Ya hicimos el inventario solemne hace años y está sentenciado y, hace poco, actualizamos los valores de los inmuebles, con un perito; además, como el proceso empezó en un juzgado civil se resorteo por el 2012 a otro juez y luego, hace un par de años, a uno de la niñez, donde permanece. Pregunta: ¿Para demandar la partición podríamos hacer levantar el patrimonio en una notaría o necesariamente tendríamos que solicitarlo como diligencia previa ante el juez del inventario? La madre puede acudir directamente para este trámite y posterior inventario, como representante de los menores, o tendríamos que sacar un curador para ellos. Gracias de antemano.

    1. Estimado Martín
      Dentro del proceso de partición, debe comparecer la medre de los menores de edad en calidad de Representante legal, no hace falta nombrarles un curador, respecto del patrimonio familiar, debe solicitarse al mismo juez, ya que vía notarial no se puede hacer por existir menores de edad, y por qué en la notaría solo se puede levantar para subrogar el patrimonio en otro bien.
      Saludos

  15. Dr. necesito su ayuda somos 8 hermanos tenemos posesión efectiva hemos heredado dos propiedades después de 26 años de la muerte de mi papa y mi mama una hermana se quedó viviendo en una de las casas pero ahora no deja arrendar ni entrar a la vivienda durante 26 años por el momento tenemos la oportunidad de vender una casa para lo cual ella firmo un poder para pero la otra casa ella no quiere dar la firma para vender arrendar etc. como podríamos hacer para tomar control de esto tenemos dos hermanos están muy enfermos mi pregunta es ella podría quedarse de dueña por el tiempo que ha vivido allí POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA EN DE DOMINIO O SE LE PODRIA pedir cuentas de ese bien o hacer que de alguna manera ella desocupe el bien NECESITO SU ORIENTACION por favor cuánto costaría hacer el juicio de rendición de cuentas o el desahucio gracias DR

    1. Estimada Mercy

      Le recomiendo hacer el juicio de inventario y luego la partición judicial de la herencia.

      Saludos

  16. ¿Doctor, es necesario realizar previo a la partición extrajudicial, el juicio de inventario? porque en el registro de la propiedad de Otavalo lo solicitan como documento habilitante. ¿Existe base legal que obligue a realizar primero el juicio de inventario?

    Gracias.

    1. Estimado Erik
      No es necesario, lo que se debe hacer en la minuta de partición extrajudicial, establecer la hijuela divisoria, es decir detallar los bienes y pasivos del causante, y luego la partición y adjudicación.
      Saludos

  17. Doctor buen día, Si la partición incluye un inmueble, cuál sería el procedimiento y requisitos en este caso, tenemos entendido que debe realizarse mediante escritura pública pero la duda es si ¿La escritura pública es aparte de la petición de solemnizarían? ¿Debe hacerse petición y escritura?

    ¿Adicional, pueden 2 hermanos quedarse con un mismo inmueble y a la otra hermana adjudicarle dinero en cuentas?

    Muchas gracias

    1. Estimada Mariana
      Es suficiente con la Minuta, adicionalmente por existir inmuebles es necesario previo a la firma catastrar en el municipio y pagar los impuestos de refundición en el caso de llegar a generarse.
      Sin problema la partición en sede notarial se puede hacer como los herederos se pongan de acuerdo.
      Saludos

  18. Buenas noches, Doctor, le comento y solicito ayuda en dos cuestiones:
    Mi padre falleció hace año y medio, casado por segunda vez, él tenía ya sus bienes antes de volver a casarse. Compró un carro que me imagino se repartirá entre su esposa y nosotros, la pregunta radica en que ella no nos da acceso al carro ni agiliza los trámites para dividirlo, está usando el auto todo este tiempo, además no nos dio acceso a siquiera revisar los bienes personales de mi padre, más bien por luto y superarlo. Como podemos solicitar la repartición de el menaje del hogar, pues él tenía joyas, como podemos pedir el ingresar a ver sus cosas y como parar el uso del automóvil, ¿o cuál sería el paso a seguir? Muchas Gracias

    1. Estimada Eli
      La recomendación es hacer la posesión efectiva, luego se puede llamar a la señora a un centro de mediación para tratar de llegar a un acuerdo. De no ser posible el acuerdo, le queda la vía judicial, es decir juicio de inventario y luego la partición.
      Saludos

  19. Buenas, quisiera su asesoría en que debemos hacer.
    Mi padre falleció, nosotros sacamos una posesión efectiva entre todos los hermanos, por razones ajenas el tiempo pasó y una de mis hermanas ya no tenía ni ánimos ni la salud emocional y física para continuar con los trámites, así que decidimos hacer otra posesión sin ella. Esta la inscribimos en los Registros de la Propiedad de las ciudades donde mi padre tenía bienes, ella está al tanto de todo y de acuerdo, no está en la ciudad y no sabe cuándo vendrá. Cuando ella vuelva, ¿puede inscribir la primera posesión efectiva que hicimos donde estaba ella y nosotros? O debe sacar otra individual, ¿porque nosotros ya inscribimos la que sacamos sin ella para poder avanzar en nuestros trámites?

    1. Estimado Victo
      La posesión efectiva es la aceptación expresa de la herencia por escritura pública, y esta se la realiza una sola vez.
      En la posesión efectiva debe constar si los que solicitan la posesión conocen de la existencia de más hijos, y de existir se debe dejar a salvo sus derechos, para no caer en delito de perjurio sancionado por el COIP. Art. 270.
      Le recomiendo inscribir la primera posesión efectiva y contar en la partición con todos los herederos.
      Su hermana puede enviar un poder para que la representen en la partición, o a su vez ceder la cuota hereditaria.
      Saludos

  20. Doctor buenas tardes quiero divorciarme en notaría por mutuo acuerdo que debo hacer que necesito y tengo bienes como podría hacer para dejarlos a nombre de mis hijos, ellos son menores de edad pero con el papá queremos que un negocio quede a nombre de ellos, gracias por su respuesta y guía

    1. Estimada Andrea
      Para el divorcio por mutuo consentimiento en la notaría es necesario:
      1. Formulario de divorcio por mutuo consentimiento lleno y firmado con esfero azul, que se descarga de la página web del Consejo de la Judicatura.
      2. Partida de matrimio.
      3. Cédulas y certificados de votación de los cónyuges.
      4. En el caso de existir hijos menores de edad o dependientes, Sentencia o Acta de Mediación, en la que se encuentre resuelta la situación de Tenencia, Régimen de Visitas y fijada la Pensión Alimenticia.
      5. La presencia de los cónyuges.

      Respecto de los bienes adquiridos dentro del matrimonio, pueden liquidarlos (repartirse) luego del divorcio, o si desean donar a sus hijos lo pueden realizar sin problema, previo la insinuación para donar, para esto debe acudir donde su abogado para que le ayude a redactar la donación.

      Saludos

  21. Buena noches doctor , gracias sus sabios consejos. Desearía que me ayude con una interrogante por favor: ¿ Es posible que una persona que es dueña de un bien inmueble pueda realizar un testamento y en el mismo partir el inmueble dejando a sus deudos varios lotes como cuerpo cierto , es decir sin autorización municipal ??

    1. Estimado Ramón

      No es posible, necesariamente debe realizar el fraccionamiento en el municipio, inscribir en el Registro de la Propiedad, para luego repartir mediante el Testamento los distintos lotes, si lo hace sin autorización el Testamento sería inejecutable.

      Saludos

  22. Tengo una consulta, Tres herederos hicieron el trámite de posesión efectiva, y posteriormente la partición extrajudicial, a los dos años uno de los herederos fallece…lo cual se procede a realizar la posesión efectiva, compareciendo el único hijo que tenía…
    Mi consulta es, el nuevo compareciente que hizo la posesión efectiva debe realizar obligado la partición extrajudicial del bien…a pesar de que anteriormente ya lo hicieron, tal como comento en líneas anteriores, si la respuesta es positiva ayúdeme indicando el artículo que corresponde… gracias 😊

    1. Estimada Gilda

      Para realizar una partición de herencia se requiere que existan dos o más herederos, o si se trata de bienes de la sociedad conyugal, un heredero y el o la cónyuge sobreviviente, si solo existe un heredero de todos los bienes de la herencia y no son parte los bienes de la sociedad conyugal, no cabe partición.
      Saludos

  23. Dr. heredé con mis 2 hermanos un terreno con 2 casas, pero mi hermano mayor me vendió su parte de la herencia, por lo que yo sería el dueño de 2/3 partes.

    Sin embargo esto solo fue de palabra y no hay nada firmado, a pesar de que los 3 estamos de acuerdo con esto, ya han pasado como 20 años que falleció nuestros padres y aún no hemos realizado las escrituras, pero por mis hijos quisiera dejar arreglando todo esto

    Se puede realizar ? qué nos recomienda ya que ni mis hermanos ni yo queremos hacer problema, tan solo queremos que quede claro que yo compré la parte de mi hermano mayor y ahora solo somos 2 hermanos dueños del terreno dr.

    1. Estimada Andrea

      Si todos los herederos están de acuerdo, son mayores de edad y tiene la libre administración de sus bienes, pueden realizar la partición extrajudicial de los bienes hereditarios en la notaría más cercana, en la que a Usted se le adjudica las 2/3 partes y a su otro hermano la 1/3 parte.

      Saludos

  24. Buenos días doctor Arellano, muchas gracias por sus sabios conocimientos quisiera que me ayude por favor en esta consulta que tengo, mis padres fallecieron y dejaron una casa ,después que fallecieron los hijos nos pusimos de acuerdo que se venda para poder recibir equitativamente por la venta de la casa somos cinco hermanos vivos y dos fallecidos que dejaron hijos los cuales viven incluso uno de ellos tiene discapacidad que yo lo estoy teniendo. Él problema doctor es que después que nos pusimos de acuerdo que íbamos a vender, dos hermanos que vivían en la casa de nuestros padres y fueron a vivir allí después que falleció nuestra madre, ahora no quieren vender si no les pagan la cantidad de dinero que ellos piden para vender la casa ,de lo contrario no la venden ni pagan nada, por estar ocupando la casa que se hizo ya la posesión efectiva a nombre de todos los hermanos y sobrinos, como se puede hacer para solucionar estos problemas que se presentan ahora que ya no están nuestros padres? gracias doctor por su ayuda.

    1. Estimada Asteria

      En el caso de que uno o varios de los herederos no esté de acuerdo en vender, lo que pueden hacer 1. acudir a un centro de mediación para tratar de llegar a un acuerdo, y 2. juicio de inventarios y luego la partición vía judicial.
      Saludos

  25. Buenas noches estimado doctor: Mi inquietud: «Si existen dos herederos menores de edad que son hermanos de padre quien ha fallecido sin dejar testamento, Realizaron la posesión efectiva por separado cada uno de los bienes muebles, inmuebles y unos valores económicos que el padre tuvo en una entidad financiera. están de acuerdo en repartirse la herencia de mutuo acuerdo por igual. Es necesario la curaduría o las madres les pueden representar y cual sería el procedimiento». de antemano gracias por su orientación.

    1. Estimado Rolando

      Cuando existen menores de edad en la partición y adjudicación de bienes hereditarios debe realizarse por vía judicial.
      Los padres son los representantes legales de los hijos menores edad, por lo que estos serán los que comparezcan al juicio de inventario y partición.
      Saludos

  26. Saludos Doctor.
    Mi padre ya fallecido dejo una propiedad, somos 5 herederos, de los cuales 2 tienen más de 15 años de fallecidos, uno de ellos tiene hijos y el otro era soltero, prescribe la parte de la herencia de mi hermano que tiene hijos por que estos hijos no tienen posesión efectiva?
    Y la parte de mi hermano que era soltero se reparte para los hermanos vivos? O debo hacer yo posesión efectiva de mi hermano soltero fallecido?

    Muchas gracias por su orientación

    1. Estimada María

      La posesión efectiva es de cada causante, es decir una posesión efectiva de los bienes dejados por su padres, otra posesión efectiva de los bienes dejados por su hermano que si tiene hijos. y otra posesión efectiva de los bienes dejados por su hermano que no tiene hijos.

      En el ultimo caso de sus hermano que no tiene hijos, la posesión efectiva la pueden realizar: el cónyuge o conviviente en unión de hecho y los padres; de no existir ni los padres ni la cónyuge o conviviente en unión de hecho, heredan los hermanos.

      Saludos

  27. Saludos la dueña del inmueble de una casita fue mi hermana (causante ) fue soltera y sin hijos
    ya falleció, se hizo la posesión efectiva a mi madre dejando el derecho al padre , se hizo una segunda posesión efectiva de mi madre(causante) y yo su hijo dejando también con derecho al padre también. padre desconocido yo no llevo ningún apellido de padre, mi madre solo tuvo 2 hijos , pregunto que tiempo prescribe al reclamo de herencia del padre desconocido, y yo que debo hacer que acción judicial a fin que me declaren heredero universal. yo vivo en la casita de mi hermana de forma pacifica, publica y continua. de años.

    1. Estimado Alberto

      La acción de petición de herencia prescribe en 15 años, por lo que luego de transcurrido este tiempo y demostrando al Juez que se encuentra en posesión tranquila, pacífica e ininterrumpida como señor y dueño podrá demandar y obtener la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio.

      Saludos

  28. Saludos doctor.
    Una persona hereda de sus hermanas 2 inmuebles es la única heredera por cuánto es la última hermana sobreviviente las hermanas no dejaron hijos y eran solteras. Que trámite debe hacer para adjudicarse la herencia y cuáles son los requisitos. Ha realizado la posesión efectiva y la declaración del impuesto a la herencia.
    Gracias.

    1. Estimado Vladimir

      Debe realizar la inscripción de la posesión efectiva en el o los registros de la propiedad en los cantones donde estén ubicados los inmuebles.

      Si no existen más herederos, y así consta en la posesión efectiva, no es necesario partirse o adjudicarse los bienes, la heredera universal es la señora.

      Saludos

  29. Buenas noches Doctor Arellano. Mi pregunta, la Partición Extrajudicial y Adjudicación es de cada inmueble o de todos los inmuebles existentes dejados por el causante y en el caso de hacer solo de uno de ellos se puede adjudicar porcentajes de derechos y acciones porque no se puede aprobar el fraccionamiento ya que no permite la zonificación. gracias por su respuesta.

    1. Estimada Alba

      Efectivamente la partición y adjudicación es de todos los bienes dejados por el causante, y si no se puede fraccionar se debe adjudicar derechos y acciones.

      Saludos

  30. Buenos días Dr Arellano.
    Una vez que se ha realizado la partición extrajudicial de un solo heredero, esté puede resciliar o revocar la misma?
    Y si si respuesta es positiva, que documentos se requiere.
    Estaré atenta a su respuesta y de antemano le agradezco mucho su gentileza.

    1. Estimada Yolanda

      Para poder realizar la partición extrajudicial es necesaria la intervención de dos o más partes, si existe solo una parte no se puede partir.
      Si se realizó la partición del heredero con la cónyuge sobreviviente, las dos partes pueden llegar a un acuerdo y modificar, aclarar o rectificar la partición realizada, más si existe un heredero que no fue tomado en cuenta, se puede resciliar, dependiendo de cada caso.

      saludos

  31. Buenos días Dr. disculpe, guía para la siguiente situación de 5  herederos de un predio 4 vendieron los derechos de posesión hace años pero el 5to nunca quiso vender y separo su parte con una pared ya todos los herederos fallecieron y la esposa y los hijos del 5to quieren regularizar su parte de cuota hereditaria que han tenido como posesión durante muchos años de forma pacifica y siendo reconocidos por los dueños del predio de los 4 que vendieron ellos quieren catastrar individualmente y legalizar ante el municipio y registro de la propiedad ya que su parte sigue unido al predio general cual  sería el paso a seguir

    1. Estimado Héctor

      La recomendación, es solicitar la aprobación del fraccionamiento o división en el GAD Municipal donde se encuentra el inmueble, si no se puede dividir, otra opción es realizar la declaratoria de propiedad horizontal, pero para esto se requiere la aprobación de planos y de la declaratoria por parte del GAD Municipal, siempre y cuando todos los copropietarios se encuentren de acuerdo.
      Saludos

  32. Buenas tardes, una pregunta, somos 10 herederos y es 1 solo terreno, y todos queremos vender, tenemos hasta el inventario, es necesario hacer la partición o como podemos vender ?

    1. Estimada Ginger

      Si todos los herederos están de acuerdo y son mayores de edad y tiene la libre administración de sus bienes, pueden vender directamente todo el terreno sin necesidad de partirse.
      Saludos

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